Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/6/2010
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3443 - 17/06/2010
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N124
notificación de los términos de la presente resolución al interesado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 1510 y dejando constancia que el presente acto no agota la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso de reconsideración en el plazo de diez días hábiles o recurso jerárquico en el plazo de quince días hábiles conforme artículos 103, 108 y concordantes de la Ley citada.
Cumplido, archívese. Irarrazával Pedro Chapar Director General CA 216
Inicia: 14-6-2010
Vence: 18-6-2010
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Caducidad de actuaciones - Expediente N 21.586/08
RESOLUCIÓN Nº 98 - SSDEP/10
Buenos Aires, 10 de mayo de 2010.
VISTO: el Registro Nº 00348-SSDEP-07 y el Expediente 21586/2008, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita el pedido efectuado por el Sr. Juan Agustín
Migueles, DNI Nº 12.955.833, por la que solicita se le abonen las tareas desarrolladas como operario en el Parque Pereyra en el periodo 15/12/2006 al 29/12/2006; A fs. 7 la Subsecretaría de Deportes de la ex Secretaría General informo que el reclamante no se encuentra en la Planta Transitoria Docente y no Docente afectada al Programa Verano Deportivo en la Ciudad 2007, ni se encuentra en los listados entregados por el Coordinador a cargo; Asimismo a fs. 8 se informa que tras el cambio de gestión, esta Subsecretaría de Deportes no cuenta con registros que ratifiquen la efectiva prestación de servicios del reclamante; A fs. 10 la Dirección General de Administración de Recursos Humanos informa que respecto al tema de la Temporada de Verano 2007 en el predio Parque Deportivo Pereyra, sola ha tenido intervención en el trámite administrativo de la respectiva Colonia de Vacaciones; no contando con elementos de juicio que permitan discernir sobre la efectiva prestación de servicios por parte de la causante;
Que a fs. 15 la Procuración General dictaminó que por último y de conformidad a los términos del artículo 40 de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada mediante Decreto Nº 1510-GCBA-97 B.O.C.B.A. Nº 310, se intime al causante para que constituya domicilio especial dentro de la Ciudad de Buenos Aires bajo apercibimiento de continuar el trámite de estos obrados sin su intervención o disponer la caducidad del procedimiento de acuerdo a lo estipulado en el artículo 22, inciso e, apartado 9 de la misma normativa
Que el Departamento de Sistemas Informáticos informa que no cuenta con la información del domicilio del reclamante fs. 20;
Que el reclamante fue citado mediante Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires inicia 18/11/2008 y vence 20/11/2008, EO 960, para que en el término de 72 horas se