Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/6/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3434 - 04/06/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N9

los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3- Servicios no personales, del presupuesto asignado a las Unidades Ejecutoras 170- Subsecretaría de Derechos Humanos, 171-Comisión Plena Participación e Integración Personas con Necesidades Especiales, 2055- Subsecretaría de Atención Ciudadana, 2651- Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, 8176- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 1, 8177- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 2, 8178- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 3, 8180- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 5, 8182- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 6, 8183- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 7, 8184- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 8, 8185- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 9, 8187- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 10, 8188- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 12, 8189- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 13, 8190- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 14, 8191- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 15, 8192- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 4, 8281- Dirección General de Descentralización y Participación Ciudadana, y 8282- Dirección General de Atención Vecinal;
Que dicha modificación responde a la necesidad de las Unidades Ejecutoras 170-Subsecretaría de Derechos Humanos, y 171-Comisión Plena Participación e Integración Personas con Necesidades Especiales, de hacer frente a gastos inherentes al pago de expensas de su edificio sede, para los cuales las partida presupuestarias 3.3.1- Mantenimiento y reparación de edificios y locales, de los Programas 6-Actividades Comunes a los Programas 26, 27 y 28, y 43- Participación e Inclusión Personas con Discapacidad, no cuentan con crédito suficiente;
Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a la partida 3.2.1- Alquiler de edificios y locales, del Programa 6- Actividades Comunes a los Programas 26, 27 y 28, dado que la misma cuenta con crédito suficiente para ello;
Que, además, la modificación responde a la necesidad de las Unidades Ejecutoras 8177- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 2, y 8185- Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 9, de hacer frente a gastos derivados del Régimen de Caja Chica, para los cuales las partidas presupuestarias 3.2.9- Alquileres y derechos no especificados, 3.3.1- Mantenimiento y reparación de edificios y locales, y 3.5.3-Imprenta, publicaciones y reproducciones, del Programa 54- Gestión de los CGP
Comunales Subprogramas 3- CGP Comunal 2, y 10- CGP Comunal 9, no cuentan con crédito suficiente;
Que, a tal efecto, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por compensación con el crédito asignado a las partidas 2.1.9- Productos alimenticios agropecuarios y forestales no especificados, 2.2.9- Textiles y vestuario no especificados, 2.3.2- Papel y cartón para computación, 2.3.3- Productos de artes gráficas, 2.3.9- Productos de papel, cartón e impresos no especificados, 2.7.9-Productos metálicos no especificados, 2.9.1- Elementos de limpieza, y 3.3.3-Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, del mismo programa y subprogramas, dado que las mismas cuentan con crédito suficiente para ello;
Que, por último, la modificación obedece a la necesidad de la Unidad Ejecutora 2651-Dirección General Defensa y Protección al Consumidor, de hacer frente a los gastos inherentes al Convenio de Asistencia Técnica suscripto entre la Facultad de Ciencias Económicas U.B.A y la Jefatura de Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para los cuales la partida presupuestaria 3.9.5Convenios de asistencia técnica, del Programa 61- Defensa y Protección del Consumidor, no cuentan con crédito suficiente;
Que, a tal fin, se propone incrementar la partida citada anteriormente por compensación con el crédito asignado a las partidas presupuestarias 2.1.1- Alimentos para personas, 2.1.9- Productos alimenticios agropecuarios y forestales no

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/6/2010

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha04/06/2010

Nro. de páginas127

Nro. de ediciones5630

Primera edición06/08/1996

Ultima edición18/07/2024

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