Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/7/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3207 - 02/07/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N16

DECRETO N 575/09
Buenos Aires, 24 de junio de 2009.
VISTO: El Estatuto del Docente aprobado por Ordenanza Nº 40.593, Expediente Nº 6958/09, y CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la presentación efectuada por el docente Carlos Enrique MATTEO Ficha Nº 368.158, contra los términos de la Providencia Nº 1236-DAEA-07 que denegó la licencia solicitada por el recurrente en el marco de lo preceptuado por art. 70 inc. k de la Ordenanza 40.593 Estatuto del Docente;
Que en su presentación el agente solicitó que esta Administración se expida de forma expresa sobre el otorgamiento de la licencia y el reconocimiento de la Carrera Licenciatura en Artes, del Departamento de Artes Musicales y Sonoras Carlos López Buchardo del Instituto Nacional del Arte IUNA de conformidad con lo establecido en el art. 70 inc. k, del citado Estatuto con motivo de rendir examen en el citado establecimiento;
Que desde el punto de vista formal, se trata de la interposición de un recurso jerárquico, previsto en los artículos 56/59 del Estatuto del Docente, Que el art. 70 inc. k establece que: se otorgará licencia con percepción integra de haberes, hasta un máximo de VEINTIOCHO 28 días hábiles por año calendario, a los docentes que cursen estudios en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial, nacionales, provinciales o municipales, y en establecimientos privados reconocidos oficialmente en calidad de alumnos regulares o libres, para rendir exámenes en turnos fijados oficialmente.;
Que en este sentido, la reglamentación del citado articulo prevé que Este beneficio será en plazos de hasta CINCO 5 días hábiles por cada examen en carreras de nivel terciario o universitario con reconocimiento oficial Que habiendo tomado intervención la Comisión Permanente de Anexos de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, se expidió indicando que el seminario de Equivalencia Universitaria de la Carrera de Licenciatura en Artes Musicales y Sonoras C. L. Buchardo perteneciente al Instituto Universitario Nacional del Arte no figura en los anexos vigentes a los fines de acceder a la licencia que nos ocupa;
Que por tal motivo, y al no encontrarse la Licenciatura en Artes Musicales incorporada expresamente en los anexos vigentes, no corresponde otorgar al interesado la licencia establecida en el art.70 inc. k;
Que en merito de las consideraciones vertidas, corresponde rechazar el recurso aquí interpuesto;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido por la Ley Nº 1218.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1º.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por el docente Carlos Enrique MATTEO Ficha Nº 368.158 contra la denegatoria a la licencia solicitada por art. 70 inc. k de la Ordenanza 40.593 Estatuto del Docente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/7/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha02/07/2009

Nro. de páginas158

Nro. de ediciones5642

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/08/2024

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