Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/9/2008
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3022 - 25/9/2008
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
EO 778
Inicia: 23-9-2008
Página N 137
Vence: 29-9-2008
Intimación Nota Nº 12.464-DGLIM/07.
Intímase a Garbin, Juan Laureano titular del inmueble sito en la calle La Rioja 259, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N
15.540 AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Carlos Díaz Director General EO 779
Inicia: 23-9-2008
Vence: 29-9-2008
Intimación Registro Nº 11.422-DGCCA/07.
Intímase a Gómez De Mercado, Rico E. titular del inmueble sito en la calle Perón Juan D. Tte. General 1623/27, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N 15.540 AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Carlos Díaz Director General EO 780
Inicia: 23-9-2008
Vence: 29-9-2008
Intimación Registro Nº 446-DGCAL/06.
Intímase a F.C.G.D.F.S. titular del inmueble sito en la Calle P. Calderón De La Barca 201, a realizar reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desratización, e higienización del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N
15.540 AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Carlos Díaz Director General