Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/12/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Página N 38

Boletín Ocial de la Ciudad de Buenos Aires
medio de una planilla en la que guraba el número de patente del camión autorizado y el nombre del conductor, y que también se registraba la cantidad de ingresos de cada rodado. Las autorizaciones verbales las daban desde la Administración de la Reserva, a través de la radio o telefónicamente, identicando al vehículo ingresante por su marca, patente, color. Aseguró que nunca permitió el ingreso a la Reserva Ecológica Costanera Sur de ningún vehículo que no estuviese autorizado;
Que en calidad de indagado, declaró el agente Luis Antonio Riquelme, Agente de Seguridad de la Dirección General Custodia y Seguridad de Bienes, siendo relevado del juramento de decir verdad prestado en su declaración de fecha 13 de noviembre de 2000. Manifestó que durante el tiempo en que se desempeñó como encargado del Turno "A" y chofer del ex Destacamento Islas Malvinas, jamás manipuló el combustible asignado al vehículo ocial. Dijo que, generalmente, cuando recibía la guardia, la camioneta Ford F 100 ya tenía el combustible en su tanque y cuando la entregaba registraba en un libro la cantidad de kilómetros recorridos y de combustible consumido. Que ocasionalmente podía concurrir a cargar combustible a los Talleres Labarden, y para ello, recibía un vale de nafta y rmaba un remito con la cantidad de litros cargados. Negó haber recibido sumas de dinero de parte de camioneros no autorizados para permitirles la descarga de tierra y/o el retiro de adoquines de la Reserva Ecológica Costanera Sur, ni por ningún otro motivo. Agregó que su función era la de detener a los vehículos antes de que estos ingresaran a la Reserva para ser identicados;
Que se recibió declaración indagatoria a la agente Alicia Gertrudis Petralanda, quien negó haber recibido suma de dinero alguna de parte de camioneros no autorizados a descargar tierra y/
o el retiro de adoquines de la Reserva Ecológica Costanera Sur.
Aseguró que durante su desempeño en el Turno "B" y durante el cumplimiento de módulos de horas extras los nes de semana, la declarante realizó tareas en el Puesto N 4, ubicado en el centro de la Reserva o en telecámara de la entrada de la calle Brasil, por lo cual no tenía contactos con camioneros. Dijo que a la Reserva sólo ingresaban vehículos autorizados por el Director General Sr. Recio, los que guraban en una planilla donde constaban los números de patente de los rodados y se registraba la cantidad de ingresos diarios que ellos hacían. La vericación de los camiones que ingresaban se realizaba en la entrada de la calle Viamonte y su circulación era seguida por medio de la telecámara, que la dicente maneja durante su turno;
Que prestó declaración indagatoria el agente Jorge Adolfo Marhaba, quien se desempeñaba como auxiliar mayor en computación en la Dirección General de Sistemas de información, dependiente de la ex Secretaría de Hacienda y Finanzas. Expuso que cumplió tareas como Agente de Seguridad Turno "A" del Destacamento Islas Malvinas de la Reserva Ecológica Costanera Sur, desde el año 1998 hasta el mes de marzo de 2000, aproximadamente, y también realizó módulos de horas extras de lunes a viernes de 6 a 12 hs, y ocasionalmente, algún domingo a partir de las 20 hs. Armó que jamás presionó ni amenazó al agente Luis Antonio Riquelme, ni a ningún otro compañero y no vio nunca que agente alguno lo hiciera;
Que declaró también como indagada la agente Victoria Magdalena Vogel, expresando que se desempeñó como encargada del Turno "E" sábados, domingos y feriados de 0 a 12 hs del ex Destacamento Islas Malvinas de la Reserva Ecológica Costanera Sur, desde el año 1998 aproximadamente, hasta su disolución en el año 2000. La declarante raticó sus dichos en la declaración prestada el 28 de abril de 2000, en sede de la ex Dirección de Seguridad, y reconoció como propia la rma inserta en la misma. Negó haber consumido bebidas alcohólicas en el ex Destacamento Islas Malvinas durante su horario de servicio. También negó haber manipulado y/o permitido que durante su turno se manipulara indebidamente el combustible del vehículo ocial, y destacó que todo lo relacionado con el combustible era de incum-

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bencia del Jefe y Subjefe del Destacamento Sres. Culia y Coppa, respectivamente, quienes disponían la cantidad de combustible a ser utilizado en el rodado ocial, los nes de semana y feriados durante el turno en que la dicente era encargada. Que la dicente puso en conocimiento de las autoridades que el combustible destinado a los nes de semana, era insuciente, lo que motivó que solicitara verbalmente su pedido de relevamiento del cargo al Jefe Sr. Culia, y éste le solicitó que formalizara su renuncia como encargada del Turno "E", por escrito. Que el 17 de abril de 2000, la deponente presentó su renuncia;
Que en calidad de indagado declaró el agente Eduardo Oscar Adra, quien se desempeñaba como Agente de Seguridad de la Dirección General Custodia y Seguridad Urbana. Expresó que, desde el año 1997 y hasta su disolución en el año 2000 se desempeño en tal calidad, en el Turno "E" sábados, domingos y feriados de 0 a 12 hs. Aseguró que nunca consumió bebidas alcohólicas durante su horario de servicio, ni fuera del mismo parque jamás bebió;
Que el agente Emilio Lias, quien se desempeñaba como auxiliar administrativo en la Dirección General de Obras Públicas, dependiente de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, manifestó que se desempeñó como Agente de Seguridad Turno "B" lunes a viernes de 6 a 13 hs, en comisión de servicios, del ex Destacamento Islas Malvinas de la Reserva Ecológica Costanera Sur 29, desde el año 1996 hasta su disolución en el año 2000. Negó el declarante haber recibido en el año 2000 sumas de dinero de parte de camioneros no autorizados a descargar tierra y/o el retiro de adoquines de la Reserva Ecológica. Agregó que sólo ingresaban a la Reserva, los camiones autorizados por la Dirección, los que se controlaban mediante planillas en las que guraba la patente de los camiones autorizados y la cantidad de veces que entraban. En caso de ingresar un camión cuya patente no guraba en la planilla, se solicitaba previamente autorización a la Administración y se registraba en la misma, los datos del vehículo entrante;
Que se dispuso el desprocesamiento administrativo de los agentes Héctor Francisco González F.N 334.427, Luis Salvador Pappalardo F.N 365.498, Hugo Roberto Impellieziere F.N 269.436, Gabriel Darío Coppa F.N 325.038, Luis Antonio Riquelme F.N 288.518, Alicia Gertrudis Petralanda F.N 326.734, Jorge Adolfo Marhaba F.N 334.451, Eduardo Oscar Adra F.N 230.534, Emilio Lias F.N 287.418 y Victoria Magdalena Vogel F.N 226.285;
Que también se recibió declaración indagatoria al agente César René Cepeda DNI 10.238.709, Agente de Seguridad de la Dirección General Custodia y Seguridad Urbana, quien expresó que se desempeñó en el Turno "B" lunes a viernes de 6 a 13
hs, del ex Destacamento Islas Malvinas de la Reserva Ecológica Costanera Sur, desde el año 1996 hasta su disolución en el año 2000, asegurando que jamás recibió suma de dinero alguna, de parte de los camioneros no autorizados para descargar tierra o retirar adoquines de la Reserva Ecológica Costanera Sur. Aseguró que todos los camiones que ingresaban eran previamente autorizados por el entonces Director General Sr. Recio, y supervisados por el Sr. Husai, quien no recuerda si era Jefe de Departamento. Aclaró que su función se limitaba en anotar en una planilla, la que diariamente entregaba a la Dirección, el número de patente de los rodados que entraban, al igual que la marca y el modelo de los mismos;
Que en fecha 23 de noviembre de 2005 se le noticó al sumariado Antonio Oscar Culia F.N 250.359 el cargo de: "En su carácterde Jefe del Ex Destacamento "Islas Malvinas" de la Reserva Ecológica Costanera Sur, no haber adoptado en el año 2000, las medidas tendientes a procurar el normal funcionamiento del mismo y mantener la disciplina del personal a su cargo";
Que, el sumariado presentó su defensa y alegato en fecha 7 de diciembre de 2005 y 10 de marzo de 2005, respectivamente;
Que corresponde en consecuencia pasar a la evaluación de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/12/2007

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/12/2007

Nro. de páginas192

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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