Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/12/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 2823

3/12/2007

Boletín Ocial de la Ciudad de Buenos Aires
ampliación del objeto del sumario, a n de investigar supuestos hurtos de nafta, descarga indebida de tierra en el predio de la Reserva, venta ilegal de adoquines, disparos inmotivados de armas de fuego, cobro de sumas de dinero a los camiones que ingresaban, amenazas y agresiones físicas diversas entre los agentes del destacamento, adjudicación arbitraria de módulos y hurto de un arma;
Que ociada, la Dirección General de Recursos Humanos informó que el ex agente Ariel Antonio Arias, F.N 384.794, cesó el 27 de mayo de 2000, revistando hasta ese momento como personal transitorio;
Que en consecuencia se decretó la indagatoria de los agentes Luis Salvador Pappalardo F.N 365.498, Victoria Magdalena Vogel F.N 226.285, Jorge Daniel Coronel F.N 265.989, Eduardo Oscar Adra F.N 230.534, Alicia Gertrudis Petralanda F.N 326.734, Cesar René Cepeda F.N 275.099, Julio César Carbonelli F.N 285.948, Antonio Oscar Culia F.N 250.359, Hugo Roberto Impellieziere F.N 269.436, Luis Antonio Riquelme F.N 288.518, Romeo Edgardo Rosielli F.N 174.874, Gabriel Darío Coppa F.N 325.038, Emilio Lias F.N 287.418, Héctor Francisco González F.N 334.427 y Jorge Marhaba F.N 334.451;
Que se agregaron sus antecedentes y sus conceptos. No se recibieron las declaraciones indagatorias de los agentes Rosielli, Coronel, y Carbonelli, por estimar la instrucción que no les era ya atribuible en principio responsabilidad, por lo que se decretó su desprocesamiento administrativo y la correspondiente comunicación a la Dirección General de Recursos Humanos;
Que el agente Antonio Oscar Culia -Jefe a cargo del Destacamento Islas Malvinas entre el 4 de noviembre de 1998 y el 2 de mayo de 2000-, relevado del juramento de decir verdad prestado en su testimonial de fecha 12 de enero de 2001, manifestó en su indagatoria en fecha 19 de marzo de 2004, no recordar que en el mes de abril de 2000 hayan ingresado vehículos a la Reserva Ecológica, porque no estaba permitido. Negó terminantemente haber permitido el cobro de dinero a los conductores de los camiones que ingresaban con escombros para descargar, y dijo que no le consta que hubiera sucedido. Sostuvo que no manipuló indebidamente el combustible ya que en el mes de marzo de 2000, en razón de notar un excesivo consumo, ordenó que se racionalizara el uso del combustible y el día 12 de abril de 2000
hizo colocar una tripa de velocímetro para cotejar el efectivo rendimiento del combustible. También, en ese mismo mes, ordenó que luego de abastecer el rodado de combustible, se retiraran del tanque aproximadamente unos veinte litros, los que se colocaban en bidones y se reservaban en un cuarto anexo a la cabaña del Destacamento, del que tenían llaves el dicente y el agente Papalardo, encargado del turno de los días sábados, domingos y feriados, en el horario de 12 a 24 horas. Como la llave del anexo se perdió, el combustible pasó a guardarse en la Guardia, registrándose su entrega a través del Libro de Novedades del Servicio, el cual era guardado en el baúl de su vehículo particular, que permanentemente estaba estacionado frente al ex Destacamento.
Posteriormente se detectaron nuevas fugas de combustible, y el deponente pagó la carga del combustible con su dinero para que el vehículo pudiese llegar a los Talleres Labarden para su reabastecimiento. Expresó que el combustible era controlado y registrado en la Dirección de Seguridad, por medio de notas mensuales de consumo que confeccionaba la Dirección General de Material Rodante, a partir de los vales de combustible presentados. Que el consumo autorizado era de 250 litros mensuales, además de dos refuerzos por emergentes operativo de hasta 100 litros cada uno, los que eran solicitados por la Dirección de Seguridad;
Que en la ampliación de indagatoria el agente Culia expresó que en el año 2000 adoptó medidas correctivas tendientes a normalizar el funcionamiento del servicio a su cargo, produciendo el Memorándum N 1-D.I.M/00 de fecha 21 de marzo de 2000, en el cual se reiteraron directivas impartidas con anterioridad, referentes a la confección del Libro de Novedades, al desarrollo del
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servicio, a la confección del Libro de Automotores y a las responsabilidades de los agentes apostados en los distintos puestos del Destacamento, según el modelo tipo de confección de Libros de Novedades y Libro de Automotores, que se agregaron a dicho memorándum como Anexos l y 2;
Que prestó declaración indagatoria el agente Héctor Francisco González, Agente de Seguridad de la Dirección General Custodia y Seguridad de Bienes, quien negó las imputaciones formuladas respecto a haberse retirado del ex Destacamento Islas Malvinas para presenciar partidos de fútbol, haber agredido al agente Luis Riquelme el día 12 de abril de 2000, tomándolo por el cuello y aplicándole un puñetazo en su ojo izquierdo y haber presionado junto con el agente Luis Salvador Pappalardo y Ariel Arias, en el año 2000, a Julio Cesar Carbonelli, señalándolo como "vigilante" y "buchón", y haberlo amenazado con hacerle "abandono de servicio";
Que el Agente de Seguridad Luis Salvador Pappalardo, en su declaración indagatoria negó haber presionado al agente Julio Cesar Carbonelli, llamándolo "buchón" y haberlo amenazado con hacerle "abandono de servicio". Dijo que Ruejas nunca trabajó en el Turno "F" sábados, domingos y feriados, sino que se desempeñó como encargado en el Turno "D" lunes a viernes de 18
a 24 hs. Expuso que fue encargado del Turno "F" desde mediados de 1999 hasta marzo de 2000, aproximadamente, y hacía módulos en el Turno "C" en el móvil. Negó el deponente haberse jactado juntamente con Ariel Arias y Marcelo Jorge, de haber rociado con nafta a Luis Riquelme para que pagara $ 200, por imputarle el robo del arma de Arias. Aseguró que nunca autorizó al agente Héctor González a retirarse del servicio para ver partidos de fútbol. También negó rotundamente haber agredido física y verbalmente al agente Luis Riquelme. Armó que nunca tuvo en su poder la llave del cuarto donde se guardaba el combustible, agregando que la misma estaba en poder de los agentes Riquelme e Impelliziere;
Que el agente Hugo Roberto Impellieziere prestó declaración indagatoria, manifestando que en el año 2000 tenía a su cargo el móvil y la administración del combustible del ex Destacamento Islas Malvinas. Que en esa época cumplía tareas de lunes a viernes de 0 a 7 horas, y realizaba módulos de horas extras los días sábados y domingos, de 8 a 20 horas. Explicó que dentro de sus funciones se encontraba la de dejar los días viernes - a última hora-, la camioneta con el tanque lleno de nafta, que serviría para funcionar correctamente todo el n de semana. Que como el vehículo quedaba fuera de servicio los nes de semana por falta de combustible, y ante la presunta existencia de un duplicado de la llave del depósito que el dicente tenía en su poder, decidió colocarle a la camioneta un velocímetro para comprobar la distancia que recorría con 80 litros de combustible. Dijo que un día viernes dejó el rodado con 80 litros de combustible y un determinado kilometraje, y al lunes siguiente encontró el tanque vacío y el velocímetro marcaba que había recorrido 60 Km. Negó rotundamente haber recibido dinero de camioneros autorizados para permitirles la descarga de tierra y/o el retiro de adoquines de la Reserva, agregando que sólo ingresaban al lugar, los vehículos autorizados por el Director Recio;
Que prestó declaración indagatoria el agente Gabriel Darío Coppa, quien se desempeña como Técnico Administrativo en el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", previo relevamiento del juramento de decir verdad prestado en su declaración de fecha 15 de noviembre de 2001. Expuso que en el año 2000, se desempeñó como Subjefe del ex Destacamento Islas Malvinas en el Turno "C", de lunes a viernes de 12 a 18
horas. Negó haber recibido sumas de dinero por motivo alguno.
Explicó que solo ingresaban y egresaban a la Reserva Ecológica Costanera Sur, los camiones que contaban con autorización verbal o escrita para hacerlo. Que las autorizaciones escritas se hacían por medio de notas giradas por el Coordinador del Área Reserva Ecológica, y se controlaban en el Destacamento, por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/12/2007

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/12/2007

Nro. de páginas192

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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