Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/10/2016 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4991 - 21/10/2016

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
GOBIERNO

DE

LA CIUDAD DE BUENOS
Ministerio de Educación
N 647

AIRES

La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de la condiciones y cláusulas integrantes de la presente Contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la presente Contratación, como así también de las Especificaciones técnicas y fácticas de la Contratación.
Art. 20.- CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES:
Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras BAC www.buenosairescompras.gov.ar, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y
DOS 72 horas antes de la fecha fijada para la apertura.
Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Contratación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
Art. 21.-CRITERIOS DE EVALUACION DE OFERTAS:
Calidad, precio, idoneidad del oferente, demás condiciones de la oferta y según Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares.
Art. 22.- IMPUGNACIÓN AL PLIEGO:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17º inciso 1 apartado d del Pliego de Cláusulas Generales el valor de impugnación al pliego es del 3% del monto estimado de la contratación.
Art. 23.- PLAZO PARA IMPUGNAR:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Pliego de Cláusulas Generales.
Art. 24.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se perfeccionará con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario por escrito.
Art. 25.- CONTRATACIÓN FRACASADA:
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios a consideración de la autoridad competente, la contratación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/10/2016 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha21/10/2016

Nro. de páginas649

Nro. de ediciones3390

Primera edición14/08/2008

Ultima edición28/06/2024

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