Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/7/2013 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 4186 - 3/07/2013

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 2

ANEXOS - RESOLUCIÓN Nº 52 /UPECCYCC/13 continuación
La UPECCyCC se compromete a suministrar los lineamientos requeridos por el adjudicatario para el desarrollo de la plataforma.
En caso que hay que realizar correcciones, las mismas deberán ser realizadas dentro de un plazo no mayor a 48 hs. De recibidas las consultas.
Artículo 4.- DETALLE DEL SERVICIO:

La presente licitación tiene por objeto la adquisición de un servicio de software mediante el cual los Concientizadores Urbanos puedan hacer uso a través de los dispositivos móviles a proveer por parte del GCBA de herramientas que le permitan volcar su labor diaria de manera inmediata, ágil y eficiente, proporcionando respuestas rápidas a los vecinos y haciendo llegar los reclamos de manera automática a los diferentes centros de información. Asimismo, mediante esta herramienta móvil se podrán hacer llegar a los agentes los diversos lineamientos a seguir a diario, alertas, modificaciones y todo dato de interés, como así también se seguirá el estado y resultado de sus tareas como su presentismo y ubicación geográfica durante su horario laboral.
Artículo 5º.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS .

La presentación de cada oferta se hará en un 1 sobre o paquete debidamente cerrado, identificado con el número de Licitación sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al oferente.
La oferta se efectuará en un 1 original y una 1 copia. Todos los folios, tanto original como la copia deberán ser firmados y aclarados por el Titular o Representante Legal del Oferente.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
Todos los importes deberán expresarse en Pesos, moneda de curso legal.
IMPORTANTE:

v. No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma, que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas, ello sin perjuicio de los requerimientos de subsanación que pudiera realizar la Comisión de Evaluación de Ofertas de acuerdo a lo previsto en el Art. 8 de la Ley N 2.095.
v. Se deberá cotizar con hasta dos decimales.
Artículo 6º.- FORMA DE COTIZAR

La cotización deberá realizarse en forma global por la totalidad del Servicio, detallando el precio unitario por evento, incluyendo el IVA. El oferente deberá valorizar los ítems solicitados en los Pliegos que rigen la presente Licitación conforme se establece en la Planilla de Cotización que como Anexo I integra el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
La moneda de cotización será el Peso $, moneda de curso legal en la República Argentina.
Los oferentes, luego de realizar la oferta básica, podrán cotizar ofertas alternativas, pudiendo mejorar y/o ampliar las condiciones técnicas de las unidades objeto de la presente licitación, siempre que no se desnaturalice el destino de las mismas.
Artículo 7º.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

Cada oferta deberá ser acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del GCBA igual al

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/7/2013 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha03/07/2013

Nro. de páginas631

Nro. de ediciones3395

Primera edición14/08/2008

Ultima edición05/07/2024

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