Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/9/2011 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3739 - 1/9/2011

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 151

ANEXO III - DISPOSICIÓN Nº 162 /DGTALMAEP/11 continuación
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Art. 30.- INICIO DEL SERVICIO:
La prestación de todos los servicios licitados se iniciará dentro de los DIEZ 10 días hábiles a contar una vez retirada la Orden de Compra por parte del ADJUDICATARIO. Este plazo puede ser prorrogado a sólo criterio y discreción de la AUTORIDAD DE APLICACIÓN o en quien ésta delegue tal atribución.
El plazo establecido en el párrafo precedente queda supeditado al total cumplimiento de todos los requisitos legales de la presente contratación y las obligaciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Art. 31.- EJECUCION DE LA ORDEN DE COMPRA:
En la ejecución de la orden de compra, el CONTRATISTA deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones que se establezcan en el presente PLIEGO y a las instrucciones que por Orden de Servicio imparta la AUTORIDAD DE APLICACIÓN del Contrato, obligándose entre otras accionesa:
aUtilizar todos los medios comprometidos, pudiendo incorporar, previa aprobación de la AUTORIDAD DE APLICACIÓN, los medios, sistemas, y métodos que aconseje la evolución tecnológica y/o características operativas, y que contribuyan a mejorar la calidad del servicio.
b Observar las disposiciones legales relativas a la Higiene y Seguridad en el Trabajo y las disposiciones de carácter laboral y previsional.
c Producir dentro de las VEINTICUATRO 24 horas de requerida, cualquier información relativa al servicio que la AUTORIDAD DE
APLICACIÓN solicite, como así también informar inmediatamente de conocido cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir en la normal prestación de los servicios.
d Mantener la continuidad y regularidad de los servicios según el presente Pliego y la Propuesta Técnica presentada.
eResponder en forma exclusiva, por cualquier daño que pudiere ocasionarse con motivo de la prestación o falencia de la prestación de los servicios.
f Comunicar, en cada oportunidad que se produzca cualquier modificación en la dotación de personal, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dentro de las setenta y dos 72 horas de producida la misma, acreditando paralelamente la constancia de pago de cargas sociales, seguros y demás condiciones establecidas en las presentes cláusulas.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/9/2011 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha01/09/2011

Nro. de páginas154

Nro. de ediciones3414

Primera edición14/08/2008

Ultima edición02/08/2024

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