Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/11/2009 (Anexo)
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)
N 3296 - 9/11/2009
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 187
ANEXO - CA 190/09 continuación 2009 Año de los Derechos Políticos de la Mujer
Audium
$12.826,00
SI
Trix Soluciones
$9.680,00
NO
Alfredo Srur
$2.000,00
NO
Alejandro Spadafora
$2.000,00
NO
Sin diferencias Imposibilidad de notificar Imposibilidad de notificar
Sin perjuicio de la consulta efectuada a proveedores denunciados por la formación política, la firma Estatic S.A. informó la emisión a esta Alianza de la Factura Nº 0002-0194, la que no se encuentra denunciada en el Informe Final presentado.
Del mismo modo, la firma Analogías informó la prestación de servicios al Partido Radical Comité Capital integrante de esa Alianza, facturados mediante Fc. Nº 0002-0025. Dichos gastos no se encuentran denunciados en el Informe Final.
Consultada al respecto, la Alianza brindó las siguientes explicaciones: Con relación a lo informado por la firma ESTATIC SA, hacemos saber que esta ALIANZA ACUERDO CÍVICO Y SOCIAL C.A.B.A. L.P. no ha realizado publicidad en la vía pública, más allá del espacio cedido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Finalmente, en cuanto a la facturación denunciada por la firma ANALOGÍAS
como realizada al Partido Radical, Comité Capital, hacemos saber que conforme surge de las Pautas para la presentación de los Informes establecidos en el artículo 17 de la Ley 268, elaborado por esa autoridad, dicho gasto no es materia del informe que debe realizar la ALIANZA
ACUERDO CÍVICO Y SOCIAL C.A.B.A. L.P.; por cuanto no se trata de contrataciones efectuadas por la alianza.
Con respecto a este último punto, cabe resaltar un error de interpretación en el planteo efectuado por la Alianza. El Instructivo aprobado por esta Auditoría requirió que las Alianzas presentaran un Informe único, es decir, que no se presentaran informes individuales por cada uno de los partidos que la integraban, pero en ningún momento se planteó que dicho informe no contuviera la totalidad de los gastos efectuados, ya fueran de la alianza o de los partidos particulares que la integraban. Por otra parte, la Auditoría puede reglamentar los aspectos formales de los Informes a presentar, pero en lo que respecta al contenido, el mismo está claramente reglado por la Ley 268, que en Av. Corrientes 640 6to. piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires Teléfono 4321-3700