Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 18/3/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 33.18 de marzo de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

69

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
01129-2021
CASTELLÓ DE LA PLANA
NIG NÚM. 12040-44-4-2019-0003370
Ejecución de títulos judiciales ETJ - 000039/2021
VICENTE MANUEL PLANELLES BELTRAN // CONTRATAS HIDRÁULICAS, S.L.
EDICTO
D./D.DOMINGO BARÓN ESCÁMEZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón, HAGO
SABER:
Que en la Ejecución de títulos judiciales ETJ - 000039/2021 seguida en este Juzgado de lo Social núm. Dos de Castellón, a instancia del ejecutante VICENTE MANUEL PLANELLES BELTRAN contra la mercantil ejecutada CONTRATAS HIDRÁULICAS, S.L., se ha dictado, en fecha 05/03/21, Auto despachando ejecución cuya Parte Dispositiva es como sigue:
DISPONGO: Despachar orden general de ejecución del/la la Sentencia nº23/21, de fecha 02/02/21, a favor de la parte ejecutante, VICENTE MANUEL PLANELLES BELTRAN, frente a CONTRATAS HIDRÁULICAS, S.L., parte ejecutada, con CIF NºB12746368, por importe de 8.509,84 euros 7.736,22 euros + 773,62 euros de intereses por mora del art.29.3 ET, más otros 1276,47 euros 15% por intereses y costas, calculados según el criterio del 251 de la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS, en el que, de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la L.R.J.S., además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así lo manda y firma D. MARIA ISABEL BELINCHON BARRERA, JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2 DE CASTELLÓN DE LA PLANA. Doy fe.
Se advierte de que las restantes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que conste y sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón a fin de que sirva de notificación en forma a la mercantil ejecutada CONTRATAS HIDRÁULICAS, S.L., expido el presente en Castellón, a cinco de marzo de dos mil veintiuno.

CVE: 20210300330082

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 18/3/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha18/03/2021

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones4554

Primera edición20/01/2011

Ultima edición25/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones