Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 44.11 de abril de 2020

AJUNTAMENTS / AYUNTAMIENTOS
01097-2020
MONCOFA
Publicidad Plan de Igualdad interno Ayuntamiento de Moncofa D. Wenceslao Alós Valls, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Moncofa, en virtud de las facultades que le confiere el Art. 21.1.r de la Ley 7/85, de dos de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, DISPONE:
Que mediante acuerdo plenario del Ayuntamiento de Moncofa, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2018, se acordó aprobar el Plan de Igualdad interno, y publicar el mismo en el portal de transparencia de la Corporación, en la dirección web: https
moncofa.sedelectronica.es/transparency/65c0f7a9-ef71-4278-8238-a74abe75ccad/
Mediante el presente se da publicidad al referido acuerdo y al plan de igualdad aprobado.
Lo que se le notifica a los efectos de su conocimiento y se indica que de conformidad con la DA 3 del Real Decreto 463/2020, de 14
de marzo, los plazos para presentar los recursos correspondientes quedan suspendidos.
Una vez pierda vigencia dicha suspensión o sus posibles prórrogas, se indica que contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos o reclamaciones que a continuación se indican:
a. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación.
b. Con carácter potestativo, reclamación previa a su impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa ante el Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
En caso de optar por la reclamación no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquélla sea resuelta expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime procedente.

CVE: 20200400440087

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha13/04/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4568

Primera edición20/01/2011

Ultima edición06/08/2024

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