Boletín Oficial de Bizkaia del 8/2/2023

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 08 de febrero de 2023

Pág. 5

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA LA UNIFICACIÓN
DE LA RED DE COMUNICACIONES
REUNIDOS

De una parte, Olatz Garamendi Landa, Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, nombrada para dicho cargo mediante Decreto 22/2020, de 7 de septiembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el ejercicio de las competencias que le confiere actuando en el ejercicio de las funciones atribuidas al Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno por el artículo 26.1 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, y por el artículo 7 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, así como las competencias atribuidas por el artículo 3 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
De otra, doña Unai Rementeria Maiz, Diputado General de Bizkaia nombrado para dicho cargo por Acuerdo de las Juntas Generales de Bizkaia, de 27 de junio de 2019, por el que se designa Diputado General de Bizkaia a don Unai Rementeria Maiz, y actuando en virtud de las funciones atribuidas en los artículos 14 y 18 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, elección, organización, régimen y funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia.
Las partes se reconocen capacidad suficiente para otorgar el presente Convenio, y actuando en virtud de las competencias que cada uno ostenta, de común acuerdo, MANIFIESTAN:

Primero: En nuestro entorno son cada vez más crecientes las necesidades de transmisión de datos, comunicación entre las personas, los grupos, las organizaciones, como son también crecientes las posibilidades tecnológicas para satisfacer estas necesidades. La dificultad estriba en determinar en cada caso el mejor instrumento tecnológico para satisfacer las concretas demandas de transmisión de datos y comunicación y tratándose, como es el caso, de instituciones públicas, articular el modelo más eficiente, buscando las sinergias existentes.
Segundo: Para el logro de sus fines comunes la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales, tienen entre sus obligaciones ofrecer unos servicios efectivos y de calidad para la ciudadanía, así como la búsqueda de la eficiencia en la gestión en la actuación conjunta con otras administraciones y la utilización compartida de los recursos públicos, todo ello conforme a los principios de eficacia, cooperación, colaboración y coordinación recogidos en los artículos 3 y 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero: Actualmente algunas instituciones forales tienen la necesidad de disponer de una red de telecomunicaciones compartida de transmisión de datos, así como otros servicios en movilidad para grupos cerrados, que incluyan comunicaciones de voz y datos, soportados sobre una red que garantice tanto la interoperabilidad o interconexión de la red con otras existentes o futuras, como la seguridad de estas comunicaciones críticas.
Cuarto: A la vista de este escenario, las instituciones firmantes entienden conveniente a los intereses públicos mantener la conformación de una única red digital de radiocomunicaciones, creada ya en el marco del convenio suscrito por las mismas partes el 6
de febrero de 2008, y desarrollarla en función de la necesaria actualización tecnológica de las radiocomunicaciones móviles, sobre la que puedan desarrollarse. A través de la participación conjunta de todas las partes firmantes se pretende cooperar y colaborar para el desarrollo de la gestión de las telecomunicaciones, a fin de garantizar los servicios públicos que de forma individual o compartida les corresponda prestar. La transmisión mediante una misma red de telecomunicaciones de servicios de comunicaciones
cve: BOB-2023a027

Núm. 27

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 8/2/2023

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha08/02/2023

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones7632

Primera edición01/09/1993

Ultima edición30/07/2024

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