Boletín Oficial de Aragón del 23/05/2023

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Fuente: Boletín Oficial de Aragón

Boletín Oficial de Aragón
23/05/2023

AYUNTAMIENTO DE TABUENCA
ANUNCIO del Ayuntamiento de Tabuenca Zaragoza relativo a la aprobación de declaración de la ermita de San Miguel de los Santos como Monumento de Interés Local.
El Ayuntamiento de Tabuenca, en sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación celebrada el 12 de mayo de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Visto el expediente tramitado para la declaración como Monumento de Interés Local de ermita de San Miguel de los Santos.
Visto el informe del Secretario-Interventor de fecha 27 de febrero de 2023 y el informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 6 de marzo de 2023, sobre las características del bien inmueble, informándose favorablemente sobre su inclusión como Monumento de Interés Local.
Iniciado mediante Acuerdo del Pleno de fecha 17 de marzo de 2023, el expediente para la declaración de Monumento de Interés Local de la ermita de San Miguel de los Santos, se abrió período de información pública por un plazo de un mes mediante la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Aragón, número 60, de 28 de marzo de 2023.
Visto que, en el período de información pública, no se han presentado alegaciones.
Visto que se solicitó informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, y con fecha 30 de marzo de 2023, informa favorablemente la declaración de Monumento de Interés Local del citado bien inmueble.
Debatido el asunto, y sometido a votación, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría absoluta, adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Declarar Monumento de Interés Local la Ermita de San Miguel de los Santos, de acuerdo con la descripción del bien que obra en el expediente.
Segundo. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Aragón y notificarlo a los interesados.
Tercero. Comunicar al Director General de Patrimonio Cultural la presente declaración de Monumento de Interés Local, a efectos de su inclusión o constancia en el Catálogo General del Patrimonio Cultural Aragonés.
Cuarto. Facultar al Sr. Alcalde para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo relacionado con este asunto.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pblicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Tabuenca, 15 de mayo de 2023. El Alcalde, Miguel Ángel Vela Oro.

csv: BOA20230523060

Núm. 96

21166

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Aragón del 23/05/2023

TítuloBoletín Oficial de Aragón

PaísEspaña

Fecha23/05/2023

Nro. de páginas320

Nro. de ediciones7655

Primera edición11/04/1978

Ultima edición27/06/2024

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