Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/07/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

SEGUNDO. - Denegar las solicitudes presentadas, en el marco del Programa de Ayudas relativas a la mejora de la competitividad entre las Pymes, Eje Prioritario 3 , Prioridad de inversion Apoyo a la creacion y ampliacion de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios, al amparo del Programa Operativo para Ceuta 2014-2020, por los motivos que más abajo se indican:
ex
solicitud
solicitante
DNI/CIF

3

18-01-22

El Eden Copas, SC

5857

4

21-01-22

Nadia Mohamed Abdeselam
5360

9

08-02-22

Grupo La Columna, SL

3017

13

16-02-22

Free Ceuta, SL

0387

15

28-02-22

Deportes Mendoza, SL

6462

18

03-03-22

Bugao Ruiz, SL

21

11-03-22

Chayman Mohamed Ali
24

16-03-22

33

31-03-22

dirección
actividad
Descrip.

inversión estimada
invers.
acept
1

2

Punt.

Subvenc.

DILIGENCIA DE
CIERRE
DILIGENCIA DE
CIERRE

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

RENUNCIA
VOLUNTARIA

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

ES UNA MODERNIZACIÓN
DILIGENCIA DE
CIERRE

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

3919

RENUNCIA

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

1656

DILIGENCIA DE
CIERRE

Mohamed Bouya
7130

A&B Servicios y Construcciones, SL

6903

DILIGENCIA DE
CIERRE
DILIGENCIA DE
CIERRE

Paseo del Revellín nº 1

0,00
0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

Las solicitudes de ayuda presentadas por El Eden Copas, SC, Nadia Mohamed Abdeselam, Deportes Mendoza, SL, Mohamed Bouya y A&B Servicios y Construcciones, SL han sido propuestas para su denegación tras haber sido requeridos para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsanasen la falta de documentación que debe acompañar a la solicitud conforme a las bases reguladoras y tras no haber presentado ésta, se les tiene por desistido en su petición archivándose sin más trámites conforme a lo previsto en el art. 68 ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Han presentado renuncia voluntaria Grupo La Columna, SL y Bugao Ruiz, SL.
La solicitud de ayuda presentada por la empresa Free Ceuta, SL ha sido informada de manera negativa por la instructora del expediente mediante informe de fecha 28/03/2021, en el cual indica lo siguiente: El proyecto de inversión, según describe en la memoria anexo VI consiste en las instalaciones denominadas con la marca TOUS consiste en la ampliación de la capacidad del establecimiento existente. Mediante la obra, las nuevas instalaciones y el nuevo mobiliario, el solicitante pretende la mejora de las ventas y la optimización de los costes ya que amplía significativamente la exposición de los productos, lo que permite una mejor experiencia de compra y por lo tanto al incremento de las ventas, todo ello ligado a la optimización de los costes ligados a las nuevas tendencias del mercado en torno al ahorro de energía. Al ser Tous una franquicia, cuenta con la obligación contractual de optimizar las instalaciones de forma periódica. Además, dicha cláusula obliga a la utilización de proveedores específicos sin posibilidad de elección. Para justificar la inversión, la empresa solicitante nos ha facilitado el contrato con la franquicia Tous, en el cual, en el anexo II en la cláusula obligaciones del franquiciado, se expone que el franquiciado deberá acometer, a su cargo, la inversión necesaria para el refit integral del establecimiento de acuerdo a las normas y nuevos diseños del franquiciador que estén vigentes en el momento en que deba realizarse. Dicho refit se realizará en el 5º año desde su apertura al público o desde el último refit integral y en los plazos indicados por el franquiciador. A su vez, en el anexo IV, denominado Modificación de la fecha de ejecución de la reforma integral del Establecimiento TOUS, se establece en el punto III la obligación del franquiciado a remodelar íntegramente el establecimiento para que se prorrogue el contrato.
En consecuencia, se concluye que el proyecto NO es subvencionable, pues atendiendo las bases reguladoras específicas, en la Base 5.- Proyectos subvencionables, dice que No serán subvencionables: La modernización de las instalaciones existentes sin que se produzca además cualquiera de los supuestos tipificados en las líneas subvencionables. Con la información anteriormente expuesta, la inversión a realizar va encaminada al cambio de imagen corporativa de la empresa por un imperativo de la marca.
TERCERO. - Notificar a las personas y empresas interesadas, dicha propuesta, otorgándoles un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, o en su caso una solicitud de modificación a la propuesta de resolución provisional.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crearán derecho alguno a favor del/la beneficiari@ propuest@ frente a la Administración mientras no se haya notificado la resolución de concesión.

LA SECRETARIA GENERAL.
PDF El Técnico de Administración General Rodolfo Croce Clavero Fecha 22/06/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.428

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 5/07/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha05/07/2022

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6178

Primera edición19/11/1926

Ultima edición05/07/2024

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