Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 3/06/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

420.-

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE SUBVENCIONES PÚBLICAS, DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y DESTINADAS A FINANCIAR PROGRAMAS MIXTOS DE EMPLEO Y FORMACIÓN, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FSE CEUTA 2014-2020, EJE PRIORITARIO R REACTEU, PRIORIDAD DE INVERSIÓN R.1, OBJETIVO ESPECÍFICO R.1.1.
Mediante Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 23 de noviembre de 2021, publicado en el BOCCE nº 6.152 de fecha 30 de noviembre de 2021, se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar Programas Mixtos de Empleo y Formación, en el marco del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario R REACT-UE, Prioridad de Inversión R.1, Objetivo Específico R.1.1.
Apoyar el acceso al mercado de trabajo, la creación de puestos de trabajo y el empleo de calidad, así como el mantenimiento del empleo, incluido el empleo juvenil, y el apoyo a los trabajadores por cuenta propia y a los emprendedores, y mediante Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 17 de febrero de 2022, se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las citadas subvenciones públicas.
Estas subvenciones van dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y destinadas a financiar Programas mixtos de Empleo y Formación.
Así mismo, en el citado Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de17 de febrero de 2022, se autorizó el gasto correspondiente a esta convocatoria por importe de UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS EUROS CON CUARENTE CÉNTIMOS 1.880.600,40€, con cargo al Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario R REACT-UE.
De conformidad con lo estipulado en la base 12 del documento regulador, la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al órgano instructor, esto es, PROCESA, SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A.
El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse propuesta de resolución.
Se estableció un plazo de presentación de solicitudes que abarcaba desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta hasta el 19 de marzo de 2022. Concluido el citado plazo, se inicia la fase de instrucción del procedimiento.

Con fecha 30 de mayo de 2022, se reúne el Comité Técnico de Evaluación designado, el cual, a la vista de los informes realizados por el Técnico de ésta Sociedad, que comprueba el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y la exactitud de la documentación que debe acompañar a la solicitud, procede a evaluar y establecer el orden de prelación de las solicitudes presentadas en la convocatoria.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
Visto lo anteriormente expuesto, el Comité Técnico de Evaluación emite informe en el que verifica que el crédito consignado en la convocatoria es suficiente para atender las solicitudes presentadas, no siendo necesario, por tanto, fijar un orden de prelación entre las mismas.
El órgano instructor a la vista de la documentación del expediente, formulará una propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, continuando el procedimiento en todos sus trámites hasta la finalización del mismo. El periodo establecido para la realización de la fase completa de instrucción será de 3 meses a contar desde la finalización de la convocatoria correspondiente.
En base a lo anteriormente expuesto, el órgano instructor formula la presente PROPUESTA DE RESOLUCION PROVISIONAL:
PRIMERO. Conceder provisionalmente, a la entidad que más abajo se relaciona, la subvención destinada a financiar Programas mixtos de Empleo y Formación, en el marco del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario R REACTUE, en la cuantía que se indica a continuación:
Las 2 solicitudes de ayudas presentadas han sido informadas favorablemente.
Nº EXPTE.
01E-2022-PM

PROYECTO
PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO Y FORMACIÓN
"GESTIÓN COMERCIAL Y CALL CENTER"

ENTIDAD SOLICITANTE
CÁMARA OFICIAL DE COM., INDUST., NAVEG. Y
SERV. DE CEUTA

CIF

CUANTÍA

Q1173007D

235.063,05 €
235.063,05 €

SEGUNDO.- Denegar provisionalmente, a la entidad que más abajo se relaciona, la subvención destinada a financiar Programas mixtos de Empleo y Formación, en el marco del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario R REACT-UE, por el motivo que se indica a continuación:
Nº EXPTE.
02E-2022-PM

PROYECTO
PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO Y FORMACIÓN "
COMPETENCIA DOCENTE FPE

ENTIDAD SOLICITANTE
CÁMARA OFICIAL DE COM., INDUST., NAVEG. Y SERV.
DE CEUTA

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

CIF
Q1173007D

MOTIVO
Diligencia de cierre
1.210

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 3/06/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha03/06/2022

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones6178

Primera edición19/11/1926

Ultima edición05/07/2024

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