Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/03/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CONSIDERANDO: RESUELVO: I DECRETAR el estado de QUIEBRA VOLUNTARIA de la SRA.
GABRIELA LUCIA, ROMERO, D.N.I. N 20.677.887, C.U.I.L. Nº 27-20677887-9, argentina, mayor de edad, con domicilio real en calle Castelli N1537 de la Ciudad de San Rafael, Provincia de Mendoza.- V
Ordenar la inmediata incautación de los bienes y papeles del fallido, debiendo intimarse a la misma para que los entregue a Sindicatura, como así a los terceros eventuales poseedores con intervención del Oficial de Justicia que la Oficina Centralizada designe, quien deberá realizar un inventario de dichos bienes, el que se deberá confeccionar en dos ejemplares. EMPLÁZASE a Sindicatura para que en el término de DOS DIAS y bajo apercibimiento de ley dé cumplimiento con la incautación ordenada.
FACÚLTASE el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso necesario. HABÍLITASE
lugar.-VII PROHÍBESE al fallido realizar todo tipo de pagos, bajo apercibimiento de ser considerados ineficaces.- X Fijar el día tres de mayo del año dos mil veinticuatro como fecha hasta la cual los acreedores de causa o títulos anterior a la presente quiebra deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes a Sindicatura, pudiendo el deudor y los acreedores que hubieren solicitado verificación concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día diecisiete de mayo del año dos mil veinticuatro a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto a las solicitudes formuladas. Intimase a Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo que determina el art. 279 de la ley 24.522.- Síndico designado en autos: Cdor. RAUL OSVALDO PODESTÁ, con domicilio en calle LAS HERAS N140, de San Rafael. CORREO ELECTRONICO
estudiopodesta@gmail.com - Oficina abierta al público días LUNES,MIERCOLES Y VIERNES y el día del vencimiento del plazo de verificación de créditos de 16 a 20 horas hasta las 24.00 horas. Acuerdo N
229/23 de la Excma. Primer Cámara de Apelaciones de esta ciudad. Fdo: Dr. Alberto M. Perez Secretario Expte: 47.722 Fojas: 525 Vuelta Conste: que en el día de la fecha se procedió al envío del presente edicto electrónicamente, siendo la fechas propuestas para la publicación del mismo los días 25, 26, 27, de Marzo y 03 y 04 de Abril del corriente año.- Secretaría: 20 de Marzo de 2024.C.A.D. N: 26601 Importe: $ 12600
25-26-27/03 03-04/04/2024 5 Pub.
El Dr. Pablo Muiños, Juez, a cargo del Juzgado de 1a Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades Primera Nominación, de la Provincia de Salta, Distrito Judicial del Centro, Secretaría a cargo de la Dra.
Claudina Xamena, en los autos caratulados: "GRANJAS RIOJANAS S.A.U. POR CONCURSO
PREVENTIVO ", Expte. Nº EXP 840294/23 ordena la publicación del presente edicto por el que se notifica y hace saber que en fecha 11 de Marzo de 2024 se DECLARÓ ABIERTO el concurso preventivo de GRANJAS RIOJANAS S.A.U., C.U.I.T. Nº 30-71185541-2, en su calidad de garante de LA
FLORINDA S.A., C.U.I.T. Nº 30-64542825-7, con domicilio social denunciado en calle Zelada y Dávila nº 27, Ciudad de Chilecito, Provincia de la Rioja, y con domicilio procesal constituido en calle J. M.
Leguizamón nº 452, de la ciudad de Salta. Se ha establecido a los fines previstos por el art. 288 y concs.
LCQ, que el presente encuadra en el tipo legal de Concurso Grande. Asimismo mediante resolución de fecha 11 de marzo de 2024 se ha establecido que dada la magnitud del presente proceso concursal, junto a la empresa garantizada LA FLORINDA SA, CUIT N 30-64542825-7,en autos caratulados: LA
FLORINDA S.A. POR CONCURSO PREVENTIVO, Expte. N 828126/2, en trámite por ante este mismo Juzgado, se ha dispuesto el REORDENAMIENTO DE PLAZOS en los siguientes términos: Las previsiones legales imponen unificar los plazos de ambos procesos a partir del informe general. Sin perjuicio de ello y advirtiendo la cantidad de acreedores denunciados por firma LA FLORINDA S.A.
garantizado, considero conveniente realizar tal unificación de forma inmediata y, en consecuencia, extender el plazo de verificación tempestiva de aquellos concursos hasta la fecha que a tal fin se fije en éste, lo que posibilitará la concurrencia de la mayor cantidad de acreedores sin afectar la celeridad y economía procesal. Asimismo se informa que en razón del importante volumen de acreedores denunciados, se ha CONFORMADO una SINDICATURA PLURAL, siendo la misma que la del concurso preventivo de la FLORINDA S.A., que se desempeña a través del Estudio Contable MACRODYNAMIC
AUDITORES ASOCIADOS C.P.E., que tendrá a cargo la vigilancia de la gestión social durante el concurso síndico vigilante y la verificación de créditos laborales, fiscales y cualquier otra categoría que no sea financiera, ni de consumo, y el estudio CEA CONSULTORA CONTADORES PUBLICOS quienes,
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 27 de Marzo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/03/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas138

Nro. de ediciones1838

Primera edición20/01/2017

Ultima edición02/07/2024

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