Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/03/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Boleto N: ATM_7986105 Importe: $ 6210
01-06-11/03/2024 3 Pub. SUSANA MASTROMAURO, JUEZA JUZGADO DE FAMILIA DE GESTIÓN ASOCIADA DE LAS HERAS, en autos N 53751/2023, caratulados: ETI POR EL NIÑO FONTAGNOL, ULISES FRANCO P/ CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDAS DE EXCEPCION notifico a ESTEFANÍA SAMANTA
FONTAGNOL, D.N.I. N 40.271.192, de la resolución en su parte pertinente recaída en autos: En Las Heras, Provincia de Mendoza a los 01 días del mes de Marzo del año 2023 y siendo las 9:30 horas EL
TRIBUNAL RESUELVE: 1 Téngase presente lo expresado, y por celebrada la audiencia con el niño.2
Téngase al E.T.I. Las Heras por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado. Téngase presente la MEDIDA EXCEPCIONAL adoptada. Impóngase el acceso limitado al expediente a los fines dispuestos en el art. 4 inc. e y conc. del CPF. Declárese la competencia y la reserva de procedimiento art. 102 y ss del C.P. F y V. F. art, 39 y ss Ley 26.061. Fdo Dra Rebeca Ropero. Conjueza GE.JU.AF
LAS HERAS; Y Mendoza, 30 de Mayo de 2023 AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: IDeclarar que la medida de excepción adoptada por ETI LAS HERAS, respecto de ULISES FRANCO
FONTAGNOL, DNI 56.082.101, cumple con los requisitos de legalidad de la ley 26.061 y su decreto reglamentario 415/6.- IIHacer saber a ETI LAS HERAS, que deberá continuar con el seguimiento de la situación de los niños causantes y remitir cada TREINTA30 DIAS informe pormenorizado y actualizado sobre las medidas adoptadas y estrategias desplegadas a los fines del restablecimiento de los derechos vulnerados de los menores causantes, a tenor de lo dispuesto por el art. 40 y 41 de ley 26.061.- III.Hacer saber a la autoridad administrativa que vencido el plazo de noventa 90 días sin que se haya solicitado la prórroga, importará que la medida carezca del marco de legalidad pertinente, bajo su propia y exclusiva responsabilidad.- IV.- Emplazar a ETI LAS HERAS, a que informe datos domicilio real actual de la Sra. Estefanía Fontagnol con DNI 40.271.192, en el término de 5 días hábiles a partir de su notificación y bajo apercibimiento de ley. V.- Notificar al Ministerio Pupilar .- VI.- Hacer saber a las partes que a partir del día 24 de Mayo de 2023, entiende en los presentes autos, la Dra. Susana Mastromauro, Jueza de Familia. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. OFICIESE. CUMPLASE. OMÍTASE LA APARICIÓN
EN LISTA.- VDL DRA. SUSANA MASTROMAURO JUEZA DE FAMILIA Y Mendoza, 7 de Noviembre de 2023 AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: I.- Declarar el cese de la medida de excepción adoptada en autos respecto del niño ULISES FRANCO FONTAGNOL, D.N.I. N 56.082.101, por lo considerado.- II.- Otorgar la GUARDA PROVISORIA del niño ULISES FRANCO FONTAGNOL, D.N.I. N 56.082.101, por el PLAZO de SEIS MESES a la abuela paterna afín del mismo, la Sra.
YOLANDA ANTONIA AGERO, D.N.I. N 16.902.798. III.- Hacer saber a la Sra. YOLANDA ANTONIA
AGERO, D.N.I. N 16.902.798, que la guarda otorgada es de carácter provisorio y que deberá iniciar los trámites judiciales correspondientes, con patrocinio letrado, a fin de obtener la guarda judicial de ULISES FRANCO FONTAGNOL. IV.- Emplazar a la Sra. YOLANDA ANTONIA AGERO, a acreditar en el plazo máximo de 30 treinta días, el inicio de la guarda judicial del niño ULISES FRANCO
FONTAGNOL. V.- Correr VISTA al Ministerio Público Fiscal, a fin de dictaminar respecto de la declaración de ignorado domicilio de la Sra. Estefanía Samanta Fontagnol, D.N.I. N 40.271.192. VI.Hacer saber a la Sra. YOLANDA ANTONIA AGERO la existencia de la línea gratuita del Poder Judicial 160, a los efectos de requerir asesoramiento gratuito. VII.- Disponer que el equipo técnico interviniente deberá continuar con el acompañamiento de la situación, como medida de protección y bajo su exclusiva responsabilidad, hasta tanto se otorgue la guarda judicial por la vía civil.- VIII.- Notificar electrónicamente a E.T.I. LAS HERAS. IX.- Notificar a la Asesora de NN y A y PcCR con remisión de autos. REGÍSTRESE.
NOTIFIQUESE. CUMPLASE. OPORTUNAMENTE ARCHIVESE. DRA. MARÍA PAULA FERRARA
JUEZA SUBROGANTE JUZGADO DE FAMILIA DE GESTIÓN ASOCIADA DE LAS HERAS Y "Mendoza, 7 de Noviembre de 2023 AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Declarar el cese de la medida de excepción adoptada en autos respecto del niño ULISES FRANCO FONTAGNOL, D.N.I. N
56.082.101, por lo considerado.- II.- Otorgar la GUARDA PROVISORIA del niño ULISES FRANCO
FONTAGNOL, D.N.I. N 56.082.101, por el PLAZO de SEIS MESES a la abuela paterna afín del mismo, la Sra. YOLANDA ANTONIA AGERO, D.N.I. N 16.902.798. III.- Hacer saber a la Sra. YOLANDA
ANTONIA AGERO, D.N.I. N 16.902.798, que la guarda otorgada es de carácter provisorio y que deberá iniciar los trámites judiciales correspondientes, con patrocinio letrado, a fin de obtener la guarda judicial de ULISES FRANCO FONTAGNOL. IV.- Emplazar a la Sra. YOLANDA ANTONIA AGERO, a
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 11 de Marzo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/03/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha11/03/2024

Nro. de páginas113

Nro. de ediciones1834

Primera edición20/01/2017

Ultima edición26/06/2024

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