Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 15/12/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

2022. Téngase a SOSA DAVID CRISTIAN por presentado, parte y domiciliado en el carácter legal invocado en mérito de la ratificación expresada. De la demanda interpuesta TRASLADO por VEINTE
DÍAS a la parte demandada: GIOVARUZZO, DAVID ALEJANDRO, EMPRESA DE PASAJEROS
AUTOTRANSPORTES LOS ANDES S.A, Grupo 3 y citada en garantía: MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, con citación y emplazamiento a fin de que comparezcan, constituya domicilio legal y electrónico, responda y ofrezca toda la prueba, bajo apercibimiento de ley arts. 21, 74, 75, 156 y 160 del C.P.C.C.yT. y art. 118 de la Ley 17.418.
NOTIFÍQUESE conforme las pautas de la Acordada 30.268. CÚMPLASE POR PARTE INTERESADA.
Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda.- Hágase saber que se ha iniciado B.L.S.G. N 275733. DR. CARLOS DALLA MORA JUEZ
Boleto N: ATM_7854043 Importe: $ 1520
15-20/12/2023 2 Pub.

Juez del TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA CIVIL PRIMERO, Autos N: 276463 caratulados:
ESCUDERO WALTER LEONARDO Y VIDELA JOHANA MARGARITA C/ ARAYA MARIA EUGENIA Y
VILLEGAS LOPEZ LUCAS SANTIAGO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, NOTIFICA al Sr. VILLEGAS LOPEZ LUCAS SANTIAGO DNI 36.418.793, lo decretado por este Tribunal a fs. 2: Mendoza, 03 de Julio de 2023. Téngase por presentado parte y domiciliado al Dr. MARINI ARIEL, en nombre y representación del Sr. ESCUDERO WALTER LEONARDO y VIDELA JOHANA
MARGARITA a tenor del escrito ratificatorio que se acompaña .- Téngase por constituido el domicilio legal y el procesal electrónico denunciado .- Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. De la demanda de conocimiento interpuesta TRASLADO a la parte demandada por el plazo de VEINTE 20 DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio procesal electrónico artículos 21, 74, 75, 160, 161 y concordantes del CPCCT nro. 9001. Como se solicita, cítase en garantía a TRIUNFO
SEGUROS para que en el plazo de VEINTE20 DIAS comparezca , responda, ofrezca prueba y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de ley articulos 21,74,75,160,161, del C.P.C.C.yT y 118 de la ley de seguros NOTIFIQUESE Ofíciese al HOSPITAL
CARRILLO Y CENTRAL a fin de que remita a este Juzgado la historia clínica que obre en sus registros o archivos, conforme se solicita art. 46 punto I inc. 5 del CPCCT. Hágase saber a las partes que la no obtención de los oficios no impedirá la realización de la audiencia inicial art. 46 punto I inc.1 y 5 del CPC, 172 y cc del CPCCT. Sin perjuicio de la admisibilidad oportuna de la prueba, HAGASE SABER a los abogados que este Juzgado promueve que hagan uso de las facultades conferidas por el art. 34 inc. 7 del CPCCT, a los efectos de tramitar la prueba informativa ofrecida. NOTIFÍQUESE en el domicilio real conforme las pautas de la Acordada 28243-Política de notificaciones accesibles. DRA. SIMON
GRACIELA BEATRIZ. JUEZA. Asimismo, el Tribunal resolvió: Mendoza, 17 de Noviembre de 2023.
VISTOS: Que los presentes autos arriba intitulados que se encuentran en estado de resolver y;
CONSIDERANDO: Que a fs. 16 el Dr. ARIEL MARINI, por la parte actora inicia información sumaria a fin de notificar el traslado de la presente demanda al Sr. VILLEGAS LOPEZ LUCAS SANTIAGO, DNI N.º 36.418.793, mediante la publicación por edictos. Que obra agregado los oficios informados de la Policía de Mendoza y de la Junta Electoral de la Provincia de Mendoza. Que a fs. 23 se le da vista al Agente Fiscal, quien dictamina a fs. 24 manifestando que no tiene objeciones que formular a la información sumaria ofrecida y rendida en autos. Que la jurisprudencia tiene dicho: partimos de la base que la información sumaria tiene como objeto acreditar ante los tribunales hechos o situaciones de hecho, a fin de que, resolución mediante que los reconozca, puedan gozar de los beneficios y/o prerrogativas que eventualmente le pudiera corresponder. Así lo consigna correctamente la resolución apelada, a lo que corresponde agregar que en este proceso tramitado inaudita parte la resolución a que se arriba es sin perjuicio del derecho de terceros. Fallo del 16-06-94, Rodríguez Antonio Luis Gregorio, 4ta. Cám. Civ.
De Mza., L.A. 130-474. Que de acuerdo a las pruebas rendidas en autos, dictamen fiscal, resulta acreditado lo expuesto por el peticionante por lo que, RESUELVO: IDeclarar al Sr. VILLEGAS LOPEZ
LUCAS SANTIAGO, DNI N.º 36.418.793 persona de domicilio ignorado. IINotifíquese el traslado de la demanda y del presente auto por medio de edictos, a publicarse en el BOLETIN OFICIAL Y DIARIO LOS

Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 15 de Diciembre de 2023
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 15/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha15/12/2023

Nro. de páginas163

Nro. de ediciones1846

Primera edición20/01/2017

Ultima edición15/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31