Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 09/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

cantidad de MIL QUINIENTAS 1500 cuotas; que asciende a un total de Pesos SESENTA MIL $
60.000,00 que representa el treinta y tres con 33 por ciento 33,33% del capital social.- b el señor MENENDEZ Mauricio Adrián, la cantidad de MIL QUINIENTAS 1.500 cuotas; que asciende a un total de Pesos SESENTA MIL $ 60.000,00, que representa el treinta y tres con 33 por ciento 33,33% del capital social. c el señor CIVIT Andrés Gustavo, la cantidad de MIL QUINIENTAS 1.500 cuotas; que asciende a un total de Pesos SESENTA MIL$ 60.000,00, que representa el treinta y tres con 33 por ciento 33,33% del capital social. Dicho capital es suscripto íntegramente en este acto y todos los socios integran sus suscripciones en efectivo. Los referidos aportes en efectivo son de pertenencia de los socios en la proporción de sus aportes a esa Sociedad, quedan totalmente afectados a la integración de las cuotas sociales. Asimismo, dicha Reunión de Socios aprobó por unanimidad la modificación del artículo quinto del contrato social el cual tendrá la siguiente redacción: ARTÍCULO QUINTO: CESIÓN DE
CUOTAS SOCIALES: La cesión de las cuotas sociales entre los socios es libre. La cesión de cuotas a terceros extraños a la sociedad queda limitada al cumplimiento del siguiente procedimiento: I.- Quien se proponga ceder su cuota social total o parcialmente a un tercero extraño a la sociedad, deberá comunicarlo en forma fehaciente a la gerencia indicando el precio y condiciones de la operación, el nombre y domicilio del interesado. La gerencia deberá transmitir en forma fehaciente la oferta recibida a los demás socios dentro de los cinco días de recibida para que éstos puedan ejercer el derecho de preferencia sobre las cuotas sociales del cedente. II.- A partir del momento en que se practicó la notificación respectiva de la gerencia a los socios, estos, en su caso, dispondrán de treinta días corridos para ejercer el derecho de preferencia, ofreciendo las mismas o mejores condiciones que un tercero. III.Si los socios no contestasen la oferta recibida, pasados los treinta días establecidos se considerará no ejercitado el derecho de preferencia. IV.- El valor de las cuotas se determinará por el último balance de ejercicio. Si los socios, impugnaren el valor de las cuotas, se estará a la pericia judicial y regirán a tal efecto las reglas del artículo 154 de la ley de sociedades comerciales. Toda cesión ya sea a un socio o a un tercero, tendrá efecto frente a la sociedad a partir del momento que el cedente o el adquirente entregue a la gerencia un ejemplar o copia del título de la cesión o transferencia, con sus firmas certificadas, en caso de ser instrumento privado. Por último, en dicho acto se decidió eliminar la cláusula décimo sexta del contrato social por ser contradictoria con la cláusula décimo quinta y modificar en consecuencia la cláusula décimo quinta del contrato social, la que quedará redactada de la siguiente forma: ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: JURISDICCIÓN: Las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la primera circunscripción judicial de la Provincia de Mendoza, República Argentina. Tras una breve deliberación, la propuesta de eliminación y modificación queda aprobada por unanimidad.
Boleto N: ATM_7752521 Importe: $ 1560
09/10/2023 1 Pub.

CONCEPTO ORGÁNICO SRL: Comunica que por instrumento privado de fecha 15 de Septiembre de 2023, el Sr. Andres Gustavo Civit, DNI N 20.112.052, argentino, casado, con domicilio en Barrio Dalvian, manzana 80, casa 5, Ciudad, Mendoza, cedió 500 cuotas sociales que tenía en la sociedad "
CONCEPTO ORGÁNICO S.R.L a favor de Mauricio Adrián Menendez, DNI N 18.496.218, argentino, casado, con domicilio en Magallanes N 426, Barrio 21 de Julio, Carrodilla, Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza. Se deja constancia que las cuotas cedidas se encuentran totalmente suscriptas e integradas.
Boleto N: ATM_7752598 Importe: $ 240
09/10/2023 1 Pub.
BALANCES

MUNICIPALIDAD GODOY CRUZ
Disponibilidades al 01-07-2023

7.244.178.357,47

BO-2023-07685978-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 9 de Octubre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 103 de 109

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 09/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha09/10/2023

Nro. de páginas110

Nro. de ediciones1844

Primera edición20/01/2017

Ultima edición11/07/2024

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