Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 06/09/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

son a cargo de la demandada art. 31 CPL y 36 CPCyT conforme lo resuelto en la tercera cuestión. IV.Regular los honorarios de los abogados intervientes en los porcentajes que se detallan a continuación y que deben calcularse sobre la base establecida en el punto Ii de la presente resolución. Dres. Paula Maure en el 5,83% de la base, Adolfo Marengo en el 5,83% de la base, Agustín Marengo en el 2,5% de la base, Paula Palazzi en el 15,83% de la base arts. 2, 3, 4, 31 Ley 9131. Regular al contador Julio Rojas la suma de $14280 Francisco Díaz Peralta la suma de $ 14280 y Roberto Calderón la suma de $700 art.
63 CPL. V.- Emplazar a la demandada en diez días para que abone en autos el 3% de la base establecida en el punto I en concepto de tasa de justicia y el 2% de la base establecida en el punto I en concepto de APORTES DE LA LEY 5059 y a los profesionales de la parte demandada en 5% de la tasa de justicia correspondientes a Derecho Fijo, debiendo acompañar los respectivos comprobantes de pago, todo bajo apercibimiento de ley. V. Atento a lo dispuesto por la acordada N 29.825 de fecha 13 de noviembre de 2.020, ordenase las transferencias directas de acreencias en el pago de capital, intereses y honorarios profesionales de los abogados y procuradores, a través de una transferencia de fondos, depósito por ventanilla o cajero automático -u otro medio que se incorpore en el futuroque implique la intervención de una institución bancaria ajena al proceso. 1. A tal fin emplazase a la parte acreedora a que en el plazo de tres días: denuncien en el expediente -en carácter de declaración juradalos datos de una cuenta de la que sea TITULAR tipo de cuenta, institución de radicación, clave bancaria uniforme o alias, CVA, etc., a efectos de que la misma se utilice como cuenta de destino de los fondos a transferir por el deudor. 1. En el caso de los pagos por honorarios profesionales, los beneficiarios deberán acreditar la inscripción ante los organismos recaudadores e QUINTA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA PODER JUDICIAL MENDOZA impositivos competentes presentando la constancia respectiva. 2. En el caso de pagos de honorarios profesionales de abogados y procuradores, donde los mismos no hayan sido determinados judicialmente, el o los profesionales que pretendan percibir los fondos deberán presentar las conformidades profesionales y/o cesiones de honorarios y/o derechos de la totalidad de los letrados que hayan actuado por su parte. 3. El beneficiario podrá denunciar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono celular, a efectos de que, de ser posible, el deudor y/o la institución que realice la transferencia le notifiquen al destinatario de la transferencia la concreción de la misma. 4. Prohibir la transferencia de fondos en concepto de capital y sus respectivos intereses devengados a una persona distinta de la que ha resultado acreedora en el pleito. 5. Intertanto el interesado cumpla con las datos requeridos en los apartados anteriores, suspendanse los plazos al deudor para cumplir con las obligaciones a su cargo. 6. Una vez cumplida la orden por el acreedor, el deudor deberá informar en el expediente la realización de la transferencia, a través del comprobante respectivo emitido por la institución bancaria, el cual deberá contener la identidad del pagador, la identidad del beneficiario de la operación y los datos de las cuentas de las partes involucradas y la fecha de la transferencia. Adicionalmente, deberá acreditarse el pago de la Contribución Pericial Laboral cuando corresponda, Tasa de Justicia, Derecho Fijo y Aportes Ley 5059. NOTIFIQUESE
A LA S.R.T., ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA A.T.M., A LA CAJA FORENSE Y AL
COLEGIO DE ABOGADOS. MEF Firmado: QUINTA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA PODER JUDICIAL MENDOZA Mendoza, 05 de Julio de 2023.
Prov. escrito presentado por IOL bajo el cargo N.7459745 REITÉRESE la notificación de la sentencia por edictos como se solicita S/Cargo 05-06/09/2023 2 Pub.
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del agente fallecido OSCAR GAMAL DARUICH, DNI: 13.425.248 alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N 15/91 T.O. Resolución S.T. N 925/10, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en División Administrativa de la Dirección Regional Mendoza con domicilio en Garibaldi 18- piso 6- Ciudad - Provincia de Mendoza. Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la dirección mencionada en el párrafo precedente, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente y en caso de corresponder la declaratoria de herederos. Firma: Carolina Lastra. Jefe Secc. Gestión Recursos-Dirección Regional
BO-2023-06722532-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 6 de Septiembre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 90 de 120

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 06/09/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha06/09/2023

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones1834

Primera edición20/01/2017

Ultima edición26/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930