Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/07/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

1 Otórguese Autorización de Reúso esencialmente revocable y sin perjuicio de terceros, en predio de tercero 0.4 ha de álamos a favor de la firma DON ALFONSO S.R.L. inscripta en el Registro Único de Establecimientos R.U.E bajo el N 400-196, NC: 17-99-00-0100-320310-2, en los términos de la Resolución N 778/96 y modificatorias del Honorable Tribunal Administrativo, a partir de la fecha de la presente resolución. Asimismo, se autoriza el vuelco en el siguiente Punto Autorizado: FINCA DON
NICASIO S.A. N.C. 17-99-00-0100-300300-7 sector bajo riego implantada con álamos 0.4 ha.
2 Establézcase que el establecimiento de referencia podrá volcar un valor máximo del parámetro de Conductividad Eléctrica de 2600s/cm de los efluentes líquidos destinados a la zona de reúso agrícola, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución N 778/96 y modificatorias del Honorable Tribunal Administrativo.
3º Déjese expresamente establecido que el establecimiento debe cumplir con los siguientes requisitos, bajo apercibimiento de aplicar sanciones estipuladas en la Resolución N778/96 y modificatorias:
A.-Garantizar la ausencia de vuelcos eventuales o permanentes fuera del punto de vuelco autorizado en el art. 1 de la presente, asimismo asume el compromiso y la obligación de no volcar en cauces de riego o aluvionales, desages, ríos fuera de su propiedad y/o zonas incultas, estableciendo medidas concretas y efectivas que impidan el vuelco directo o indirecto;
B.-Mantener los estándares de calidad como requiere la normativa vigente para todos aquellos parámetros encuadrados dentro de la Resolución N 778/96 H.T.A y modificatorias, en el Anexo 1 b.
C.-Mantener un sistema de riego organizado y distribución que involucre laboreo de suelos para evitar anegamientos y/o desbordes en la zona de reúso.
D.- Permitir el libre acceso al personal del Departamento General de Irrigación a los fines de verificar la correcta utilización de los efluentes y la operación del sistema de tratamiento, todo ello bajo apercibimiento de aplicar sanciones correspondientes.
4º La empresa debe presentar informes de calidad de los efluentes, en los meses de Abril y Octubre cada año, dentro del marco de un programa de autocontroles, el mismo deberá contener como mínimo las siguientes determinaciones: Cationes y Aniones mayoritarios; pH; Conductividad; RAS; Sólidos sedimentables 2hs, y 10 min, bajo apercibimiento de ley. Dichos análisis deberán ser presentados al mes siguiente de la toma de muestra en el departamento, junto con las mediciones diarias de autocontrol que incluyas pH, conductividad eléctrica y caudal erogado.
5 Otórguese Permiso de Uso de agua para Reúso a la firma FINCA DON NICASIO S.A. proveniente de los efluentes industriales de la empresa DONALFONSO S.R.L. R.U.E. 400-196.
6 Déjese establecidas las siguientes obligaciones a la firma FINCA DON NICASIO S.A. como permisionario:
a Recibir los efluentes generados en el punto establecido, autorizado por el DGI durante todo el año, salvo que el DGI autorice lo contrario en casos debidamente fundados.
b Irrigar únicamente Álamos: 0,4ha, lo cual no debe implicar riesgos sanitarios para agricultores o consumidores, de acuerdo a la normativa vigente para Acres y las modificaciones que a futuro se aprueben.
c Abonar las cargas financieras que establezca el HTA.
d Presentar en 30 días un proyecto de inversión para aumentar la eficiencia en la conducción y distribución de los efluentes.

BO-2023-05122172-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 11 de Julio de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 37 de 98

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/07/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha11/07/2023

Nro. de páginas99

Nro. de ediciones1836

Primera edición20/01/2017

Ultima edición28/06/2024

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