Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 30/05/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CONSIDERANDO: RESUELVO: I I.- Hacer lugar a la demanda y en consecuencia otorgar la tutela de la adolescente Abigail Pamela Martínez Romero, D.N.I. N 49.266.086, a los Sres. María Belén Rivera, D.N.I. N 24.789.997, y Fernando Raúl Andragñez, D.N.I. N 25.883.720, quienes deberán aceptar el cargo en autos. II.- Hacer saber a los tutores designados, que deberán rendir cuenta documentada en autos, de todos los actos realizados en representación de la adolescente Abigail Pamela Martínez Romero, D.N.I. N 49.266.086. III. Firme la presente, por Secretaría del Tribunal, y a costa de los presentantes expídase copia certificada de la presente resolución. IV.- Imponer las costas por su orden.
V.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Stella Vitale Marin, en la suma de pesos ocho mil $8.000, por la labor desarrollada en autos como abogada Ad Hoc, de conformidad con las acordadas de la SCJMza. Vigentes. VI.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Yésica Soulé Nazif en la suma de pesos ciento veintiún mil ochocientos diecisiete con 34/100 $121.817,34, de la Dra. María Lafuente, en la suma de pesos sesenta mil ochocientos noventa con 85/100$60.890,85 de la procuradora Paula Lencina en la suma de pesos treinta mil cuatrocientos cuarenta y cinco con 42/100$30.445,42, por la labor desarrollada en autos Arts. 9 bis inc. i. 6, 13 y 31 de la ley 9.131. VII.- Notificar la presente resolución a la Dra. Yésica Soulé Nazif Mat. 10523 por la parte actora y sus honorarios, a la Stella Vitale Marin Mat. 1953 por sus honorarios, a las procuradora Paula Lencina Mat. 773 y María Lafuente 7717 por sus honorarios, y al Ministerio Pupilar en forma electrónica. VIII.- Notificar la presente resolución en forma edictal art. 72 del CPCCyT. IX.- Cumplida que sea la notificación ordenada en el punto VIII de la presente resolución, notifíquese a la Defensoría Civil interviniente. COPIESE.
REGISTRESE. NOTIFIQUESE.CUMPLASE. Dra. Daniela Alma Juez EDICTO FIRMADO
DIGITALMENTE POR LA DRA. DIANA FARMACHE -SECRETARIA - GEJUAF
S/Cargo 30/05/2023 1 Pub.

DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. EXPTE Nº EX-2018-00243241-GDEMZAMESAYASMGTYJ caratulado Rodríguez Leonardo Elías C/ Motormax. Se NOTIFICA a MOTORMAX
S.R.L CUIT 30-71529967-0, de domicilio ignorado, la siguiente resolución MENDOZA, 7 de marzo de 2023 RESOLUCION Nº 86-EX/ 2023 VISTO y CONSIDERANDOS RESUELVE: ARTICULO 1º IMPONER a la firma MOTORMAX S.R.L CUIT 30-71529967-0, con domicilio comercial en Acassuso 3780 Planta Baja, Departamento 1, Olivos, Buenos Aires, la sanción de MULTA consistente en el pago de PESOS UN MILLON con 00/100 $ 1.000.000,00.-, de conformidad con lo prescripto en el artículo 47º inc. b de la Ley Nº 24.240, por violación del artículo 10 bis inc. a del mismo cuerpo legal. ARTICULO 2
- INTIMAR por la presente al pago de la multa, en la Cuenta Correspondiente a Cuenta Ley Nº 5.547Cód. Tax 017-925 Artículo 61º de la Ley 5547, el que deberá hacerse efectivo ante el Organismo Recaudador ATM en el plazo de QUINCE 15 DIAS. Se informa que el boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria Mendoza ATM www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multaprocedimiento-digital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina /Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. ARTICULO 3º - ACREDITAR el pago de la multa, con la presentación correspondiente ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico resolucionesddc@mendoza.gov.ar. ARTICULO 4º - PUBLICAR la presente en el Boletín oficial de la Provincia de Mendoza, y a costa del infractor, la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional artículo 57º inciso h de la Ley Provincial Nº 5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº 24.240. ARTICULO
5 - INFORMAR al infractor, según art. 177º de la Ley 9003, que podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE 15 DÍAS hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva Código 927 por un importe de Pesos Dos Mil Seiscientos con 00/100 $2.600,00 según Ley Impositiva Nº 9432, Artículo 10º, punto 2 inc A abonada en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. El recurso de revocatoria junto a la correspondiente tasa retributiva, podrá ser enviado al correo resolucionesddc@mendoza.gov.ar. El recurso no suspenderá la ejecución de las sanciones de multa y el obligado deberá depositar el importe de la multa dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución. Vencido el plazo para
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 30 de Mayo de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 30/05/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha30/05/2023

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones1859

Primera edición20/01/2017

Ultima edición02/08/2024

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