Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/10/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE 15 DÍAS
hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva Código 927
por un importe de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 $ 1.450,00 según Ley Impositiva Nº 9.355, Artículo 10º, punto 2 inc A abonada en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. El recurso de revocatoria junto a la correspondiente tasa retributiva, debe ser enviado al correo resolucionesddc@mendoza.gov.ar. El recurso no suspenderá la ejecución de las sanciones de multa y el obligado deberá depositar el importe de la multa dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución. Vencido el plazo para el pago se procederá a la emisión de boleta de deuda conforme lo previsto en el Artículo 249 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 4º, Decreto Nº 1099/2018. ARTICULO 8º - INSCRIBIR esta Resolución en el Registro de Resoluciones de la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia de Mendoza. ARTICULO 9º - REGISTRAR al infractor en el Registro de Infractores de esta Dirección de Defensa del Consumidor. ARTICULO 10º NOTIFICAR a quienes corresponda de la presente Resolución. ARTICULO 11º - ARCHIVAR la presente Resolución. Fdo. Mgter. Mónica Lucero, Directora de Defensa del Consumidor. Dirección de Defensa del Consumidor.
S/Cargo 03-04-05/10/2022 3 Pub.

Septima Cámara Laboral, Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, NOTIFICA A
MARIANO CONCINA, persona de domicilio ignorado en autos Nº 156987, caratulados CIVIT RICARDO
MIGUEL C/ LA ESTANCIA GRILL TUPUNGATO S.A. Y OT. P/ DESPIDO VIRTUALIZADO la siguiente resolución: MENDOZA, 24 de febrero de 2.022 Y V I S T O S: los autos supra intitulados y los fundamentos expuestos, el Tribunal RESUELVE: 1- Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por el Sr RICARDO MIGUEL CIVIT DNI 17204278 contra la empresa LA ESTANCIA GRILL
TUPUNGATO SA y el Sr. MARIANO CONCINA y condenarlos a abonar al actor la suma de PESOS UN
MILLO?N CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS UNO CON 90/100 $ 1.196.701,90, en concepto de pago de salarios y diferencias salariales adeudadas, SAC, vacaciones, indemnizacio?n por despido, preaviso, integracio?n y sancio?n del art. 1 y 2 de la ley 25323, incluidos los intereses legales calculados a la fecha de la presente sentencia en los te?rminos y condiciones establecidos al tratar la Segunda Cuestio?n, en el plazo de CINCO DIAS de notificada la presente. CON COSTAS. 2- No hacer lugar al reclamo efectuado por el Sr RICARDO MIGUEL CIVIT DNI 17204278 contra la empresa LA
ESTANCIA GRILL TUPUNGATO SA y el Sr. MARIANO CONCINA, por la suma de PESOS CIENTO
OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 83/100 $ 189.633,83, en concepto de sancio?n establecida por el art. 80 de la LCT, incluidos los intereses legales calculados a la fecha de la presente sentencia segu?n lo establecido en la Segunda Cuestio?n, CON COSTAS 3- El pago debera?
efectuarse SIN DESCUENTO ALGUNO mediante la correspondiente transferencia monetaria a una institucio?n bancaria del domicilio constituido por el trabajador o, en su defecto, a una institucio?n bancaria de la localidad del domicilio real del Sr. Civit en el te?rmino de cinco 5 di?as de notificada la presente y acreditar ante el Tribunal en el te?rmino de 48 hs. de efectuado el depo?sito su efectivo cumplimiento acompan?ando las correspondientes constancias, conforme lo establecido al tratar la Segunda Cuestio?n A tal efecto el trabajador debera? denunciar, en el te?rmino de tres 3 di?as, el nu?mero de CUIT o CUIL, tipo de cuenta y acompan?ar debidamente suscripto, ante la entidad bancaria, el formulario de declaracio?n jurada sobre licitud de origen de los fondos ley n 25.246 4- Regular los honorarios profesionales a cargo de la demandada, del Dr. Juan Facundo Civit, en la suma de pesos setenta y nueve mil ciento ochenta y dos $ 79182; del Dr. Facundo R. Civit, en la suma de pesos ciento cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y cuatro $ 158364; del Dr. Nicola?s Egu?es, en la suma de pesos ciento diez mil noventa y siete $ 110.097 y del Dr. Agusti?n Aleman, en la suma de pesos veintitre?s mil novecientos treinta y cuatro $ 23934. Sin perjuicio del IVA, en caso de corresponder.
Arts. 2, 3, 4, 31 sgtes y cc. Ley 9131, art. 730 CPCCyT y 277 LCT. 5- Regular los honorarios profesionales a cargo del actor, del Dr. Juan Facundo Civit, en la suma de pesos trece mil doscientos setenta y cuatro $ 13274; del Dr. Facundo R. Civit, en la suma de pesos veintise?is mil quinientos cuarenta y nueve $ 26549; del Dr. Nicola?s Egu?es, en la suma de pesos veintiocho mil doscientos
BO-2022-06998100-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 3 de Octubre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 114 de 155

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha03/10/2022

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones1844

Primera edición20/01/2017

Ultima edición11/07/2024

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