Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/09/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

acompañada. Fdo DR. GUSTAVO SATLARI Secretario y a fs.37 NL proveyó doza, 24 de Noviembre de 2021.ID.YMKUC172220 Téngase presente el nuevo domicilio real denunciado del demandado a sus efectos. Reitérese la notificación como se solicita. Téngase presente la ratificación acompañada. DR.
GUSTAVO SATLARI Secretario Boleto N: ATM_6518537 Importe: $ 2016
08-13-16/09/2022 3 Pub.
EXPTE. N 159.069 ""DAVILA ARAUJO PAMELA ROCIO C/ ROBLIN JOHANA P/ DESPIDO p
TERCERA CAMARA DEL TRABAJO - PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DE MENDOZA NOTIFICA a JOHANA ROBLIN, las siguientes Resoluciones Judiciales: "Fojas 22: Mendoza, 13 de Agosto de 2018.
Téngase a la parte actora por presentada, parte y por domiciliada. Téngase presente para su oportunidad la prueba ofrecida. De la demanda interpuesta, córrase traslado a la parte demandada por el término de OCHO 8 DÍAS hábiles posteriores al de su notificación, perentorios e improrrogables, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, conteste, ofrezca pruebas y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo ello bajo apercibimiento de ley artículos 26 y 45 del Código Procesal Laboral, y arts. 21, 64 y 74 del Código Procesal Civil y acordada 26773 Notifíquese. r.a Firmado: DR. MARCELO
MAURICIO CHIARPOTTI VIGNONI Juez Subrogante"; y Fojas 43: Mendoza, 01 de Julio de 2022.
AUTOS Y VISTOS: Estos obrados precedentemente intitulados y atento lo normado por el art. 69 del CPC, habiéndose producido la prueba pertinente a fines de determinar que la co-demandada, Sra.
JOHANA ROBLIN es persona de domicilio desconocido y no habiéndose deducido oposición por Fiscalía de Cámaras, debe accederse a lo solicitado y notificar a la demandada mediante comunicación edictal, a tenor de lo normado por el art. 36 del CPL, identificador BOFHG291745. Por ello el Tribunal, RESUELVE:
1 Tener a la demandada JOHANA ROBLIN como persona de domicilio desconocido, bajo responsabilidad de la parte actora. 2 Notifíquese a la misma el traslado de demanda ordenado a fs. 22, mediante publicación edictal, bajo responsabilidad de la parte actora. 3 Publíquese edictos en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DÍAS con dos días de intervalo.art. 69 del CPC y 36 del CPL a cargo de parte. 4 En cumplimiento de lo normado por el art 72 CPCCYT solicítese a Secretaría Administrativa y Secretaría de Información Pública, vía correo electrónico, la publicación de edictos pertinente. 5
Cumplido y vencido el término otorgado precedentemente, dése intervención a la Defensoría de Pobres y Ausentes en turno correspondiente. 6 Acompañe copias de la demanda para traslado digital CÓPIESE.
REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. r.a.- DR. HUGO MARCELO PARRINO Juez de Cámara.
S/Cargo 08-13-16-21-26/09/2022 5 Pub.
Primera Cámara Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial Provincia de Mendoza, a cargo del Juez Dr. MARCELO MAURICIO CHIARPOTT, hace saber que en Autos N 29.469, caratulados: Flores Nelson Adrián C/ Millet Alejandro Ezequiel y Ots. p/ Despido, en fecha San Martín, Mendoza, 25 de Agosto de 2022, a fs. 115 se dictó el siguiente decreto donde declara a la codemandada ROMINA
ALICIA RECHE persona de ignorado domicilio y bajo responsabilidad de la parte actora, procédase a notificar a la misma la sentencia dictada en autos mediante edictos a publicarse por CINCO DÍAS en el Boletín Oficial. En consecuencia a fs. 67 de autos en fecha 11 de Junio de 2021 se dicto sentencia que en su parte pertinente expresa: RESULTA: CONSIDERANDO: VISTOS: Los fundamentos esgrimidos, el Tribunal juzgando en definitiva, mediante Sentencia N9.548, RESUELVE:IHACER LUGAR
PARCIALMENTE A LA DEMANDA impetrada por el Sr. NELSON ADRIAN FLORES, DNI N 26.807.082, contra de los Sres. ALEJANDRO EZEQUIEL MILLET, C.U.I.T. N 20-31286943-9, D.N.I. N 31.286.943
y ROMINA ALICIA RECHE, D.N.I. N 40.104.573, por la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL
NOVENTA Y SIETE $ 125.097,00 en razón de los siguientes rubros: Indemnización por Despido, Preaviso e Integración de mes de Despido, S.A.C 1 Cuota 2017, diferencias de sueldo, Indemnización artículos 1 y 2 Ley 25.323 LCT, la que deberá ser abonada dentro de los CINCO 5 DIAS de quedar firme y ejecutoriada la presente, con más los intereses fijados en la Segunda Cuestión. IIRECHAZAR LA
DEMANDA por la suma de PESOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES $
50.883,00 por los rubros: Multa Artículo 80 LCT. IIICONDENAR EN COSTAS a la DEMANDADA

BO-2022-06563361-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 16 de Septiembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/09/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha16/09/2022

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones1861

Primera edición20/01/2017

Ultima edición06/08/2024

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