Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- IX.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. X.Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse.
XV.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal. COPIESE. REGISTRESE. Fdo. . Dr. Pablo González Masanés, Juez". Síndicatura: Cdor. ORTIZ PATRICIA GRACIELA, días y horarios de atención son los martes, miércoles y jueves de 16 a 20 horas, se habilita, al efecto dos horas más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas, Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma. Primera Cámara de Apelaciones a los fines de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito en PEDRO DEL CASTILLO 1695, GODOY CRUZ Mendoza., telef. 261 3984704/2615782664, mail: patsg36@gmail.com. DRA. Candelaria Pulenta.- SECRETARIA
C.A.D. N: 24151 Importe: $ 2720
17-20-21-22-23/09/2021 5 Pub.
JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo de Con Juez Dr. Pablo González Masanés, Secretaria Dra.Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina n517, 2 piso, Ciudad, Mendoza, C.P.5.500 hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 1082 y su aclaratoria fs. 1091 de los autos Nº 1017167 caratulados " CENTRAL SUDAMERICANA S.A P/QUIEBRA se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 20 DE AGOSTO DE 2021.- AUTOS Y VISTOS
CONSIDERANDO RESUELVO: Iº DECLARAR la quiebra de CENTRAL SUDAMERICANA S.A CUIT
N 30-70782360-3 , : V. Fijar el DIECIOCHO DE OCTUBRE DE 2021 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. Para el caso de presentaciones presenciales, habilítase al efecto dos horas más del día hábil siguiente conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma.
Primera Cámara de Apelaciones. art. 200 Ley 24.522. VI. Fijar el día UNO DE NOVIEMBRE DE 2021
como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir al domicilio de Sindicatura, a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ;
habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente art. 200 sexto párrafo Ley 24.522, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas a través de la MEED art. 200 séptimo párrafo Ley 24.522 Para el caso de presentaciones presenciales, habilítase al efecto dos horas más del día hábil siguiente conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones. art. 200 Ley 24.522 VIII Fijar el día UNO DE DICIEMBRE
DE 2021, como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura los informes individuales y la planilla con el recálculo de los créditos verificados y declarados admisibles en el concurso preventivo de conformidad con lo dispuesto por los art.202 segundo párrafo y 55 LCQ; dictándose sentencia de verificación de créditos el día DIECISEIS DE DICIEMBRE DE 2021 arts. 35 LCQ. IX.- Fijar el día ONCE DE FEBRERO
DE 2022 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día VEINTICINCO DE FEBRERO DE 2022. X. Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél, para que procedan a la entrega de los mismos al Síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. XI. Ordenar a la Fallida que dentro del día siguiente a la notificacion entregue al sindico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XIX
Disponer la PROHIBICION DE HACER PAGOS a la fallida, lo que serán ineficaces en caso de hacerseXVI. Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 de la LCQ. Ofíciese por Secretaría del Tribunal. COPIESE. REGISTRESE.
NOTIFIQUESE POR LISTA Art. 26 y 273 ap. 5 LCQ. Fdo. Juez Dr. Pablo González Masanés.Síndicatura: Cdor. ANTONIO TROIANO Y SILVIA IRMA BUSTOS , días y horarios de atención son los
BO-2021-06027508-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 23 de Septiembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 87 de 139

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha23/09/2021

Nro. de páginas140

Nro. de ediciones1841

Primera edición20/01/2017

Ultima edición05/07/2024

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