Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 04/08/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Boleto N: ATM_5363600 Importe: $ 384
04-05/08/2021 2 Pub.

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA CUARTO. Autos CUIJ: 13-03945366- 9 012020 - 251988
caratulados SCANIO JUAN CARLOS C/ GALEOTTI LUIS FERNANDO Y OTS. P/ PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA. NOTIFICA que a fs. 708 el Tribunal resolvió: Mendoza, 23 de Abril de 2021. VISTOS:
RESULTA: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.-No hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por el Sr. Juan Carlos Scanio por las razones vertidas en los considerandos precedentes. II.Hacer lugar a la acción reconvencional de reivindicación interpuesta por los Sres. Luis Fernando Galeotti, Daniel Omar Gomez y Jorge Juan Mariano en contra del Sr. Juan Carlos Scanio y en tal sentido condenar a este último a fin de que en plazo de TREINTA días de firme la presente proceda a desocupar y entregarle -a los co-demandados reconvinientes-, libre de cosas y/u ocupantes, la porción de inmueble inscripto en la matrícula 76583 que pretendía adquirir por prescripción y de la que da cuenta el plano obrante a fs. 3 de autos. III.- Imponer las costas tanto del proceso por prescripción adquisitiva como de la demanda reconvencional por reivindicación al Sr. Juan Carlos Scanio actor reconvenido por resultar vencido. IV.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se aporten elementos para determinar la base regulatoria. COPIESE. NOTIFIQUESE . REGSTRESE MLC Firmado: DRA. MARIA LUZ COUSSIRAT
Juez. Y fs. 730 resolvió: Mendoza, 07 de Junio de 2021. VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.No hacer lugar al recurso de aclaratoria interpuesto a fs. 723/724 en contra de la sentencia dictada en autos. COPIESE. NOTIFIQUESE. Firmado: DRA. MARIA LUZ COUSSIRAT Juez Tribunal.
Boleto N: ATM_5363130 Importe: $ 256
04/08/2021 1 Pub.

DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. EXPTE. Nº 536-D-2015-00112-E-0-4, caratulado MENDEZ FLORENCIO C/ ELECTRONICA ACONCAGUA". Se NOTIFICA a "ROMERA DIEGO
FABIAN", CUIT 20-27405201-6 y a Méndez, Daniel Florencio, DNI Nº 8.147.337 de domicilio ignorado, la siguiente resolución MENDOZA, 21 de abril de 2021 RESOLUCIÓN Nº 118-536/ 2021 VISTO y CONSIDERANDOS RESUELVE: ARTICULO 1º - IMPONER a "ROMERA DIEGO FABIAN", CUIT
20-27405201-6, nombre de fantasía ELECTRONICA ACONCAGUA, con domicilio comercial en calle Dr. Moreno Nº 1467, Las Heras, Mendoza, la sanción de MULTA consistente en el pago de PESOS
QUINCE MIL CON 00/100 $15.000,00.-, de conformidad con lo prescripto en el artículo 57º inc. b de la Ley Nº 5.547, por violación al artículo 20º de la Ley Nº 5.547. ARTICULO 2º - INTIMAR por la presente al pago de la multa impuesta, en la Cuenta Correspondiente a Cuenta Ley Nº 5.547- Cód. Tax 017-925, el que deberá hacerse efectivo ante el Organismo Recaudador ATM en el plazo de DIEZ 10 DÍAS.
ARTICULO 3º - ACREDITAR el pago de la multa con la presentación correspondiente, en esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico resolucionesddc@mendoza.gov.ar.
ARTICULO 4º - PUBLICAR la presente en el Boletín oficial de la Provincia de Mendoza, y a costa del infractor, la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional artículo 57º inciso h de la Ley Provincial Nº 5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº 24.240. ARTICULO 5 - INFORMAR al infractor, según art. 177º de la Ley N 9003, que podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE 15
DÍAS hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva Código 927 por un importe de Pesos Un Mil con 00/100 $ 1.000,00 según Ley Impositiva Nº 9.277, Artículo 10º, punto 2 inc A abonada en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. El recurso de revocatoria junto a la correspondiente tasa retributiva, debe ser enviado al correo resolucionesddc@mendoza.gov.ar. El recurso no suspenderá la ejecución de las sanciones de multa y el obligado deberá depositar el importe de la multa dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución. Vencido el plazo para el pago se procederá a la emisión de boleta de deuda conforme lo previsto en el Artículo 249 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 4º, Decreto Nº 1099/2018. ARTICULO 6º - INSCRIBIR esta Resolución en el Registro de Resoluciones de la
BO-2021-04711884-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 4 de Agosto de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 04/08/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha04/08/2021

Nro. de páginas107

Nro. de ediciones1845

Primera edición20/01/2017

Ultima edición12/07/2024

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