Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/05/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

NOTIFIQUESE. PUBLIQUESE. Fdo: Dra. PATRICIA FOXJuez.
Boleto N: ATM_5263601 Importe: $ 576
13-18-21/05/2021 3 Pub.
Dr. Carlos Alberto Jury - Juez. Tribunal: Tercer Juzgado de Familia de Mendoza GE.JU.A.F. MAIPU, autos N 5801/18/3F, caratulados "CABAÑAS JOHANNA CONTRA VILLEGAS ADRIAN ALEXANDER
POR PRIVAC. DE LA RESPONS. PARENTAL" se notifica edictalmente al Sr. ADRIÁN ALEXANDER
VILLEGAS, D.N.I N 34.405.479, de lo resuelto en autos en fecha 22 de Febrero de 2021. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO, 1 Tener por acreditadas sumariamente las circunstancias exigidas por el art. 69 del C.P.C.C. y T. y en consecuencia bajo responsabilidad de la parte actora, téngase al Sr. ADRIÁN ALEXANDER VILLEGAS, D.N.I N 34.405.479, por declarado de ignorado domicilio. 2 Ordenar se notifique edictalmente al Sr. ADRIÁN ALEXANDER VILLEGAS. D.N.I N
34.405.479, el presente resolutivo, tres veces con dos días de intervalo en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza y en las páginas web del Poder Judicial y Colegio de Abogados y Procuradores de la circunscripción que corresponda art. 72 inc. II y IV del CPCCyT.. Cúmplase, a cargo de parte interesada. 3 Fecho y vencido el plazo para comparecer, dese intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en lo Civil que por turno corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el art. 75 inc. III del CPCCyT. COPIESE. NOTIFIQUESE. 4 Notifíquese a la actora en su domicilio procesal constituido junto a sus abogados patrocinantes, Dres. Fabio David Pacheco, Mat. 8204, Celeste Ailén Pelegrina Mat. 8742
y Raúl Sebastián Bonaffini, matrícula; 10.150. PASE A RECEPTOR. CÓPIESE, REGÍSTRESE.
NOTIFÍQUESE. CÚMPLASE. gz. FDO. Dr. Natalia Lorena Vila. Juez subrogante GE.JU.A.F MAIPU. Dra.
Ma. Sandra VEGA. Secretaria - GE.JU.A.F. MAIPU."
Boleto N: ATM_5263611 Importe: $ 768
13-18-21/05/2021 3 Pub.
Juez Tribunal de Gestión Asociada de Paz Primero, en autos Nº 6.581 caratulados JUCAMAR S.A.
SANCHEZ, DANIEL BLAS P/ CAMBIARIA, notifica y hace saber a DANIEL BLAS SANCHEZ, DNI
30.242.147; de ignorado domicilio, el siguiente resolutivo, dictado a fs. 39: Mendoza, 05 de Abril de 2021.
AUTOS Y VISTOS: RESUELVO: I Déjese sin efecto el decreto de fs. 38. II Téngase presente el juramento de fs. 35 manifestado por la parte actora respecto del desconocimiento del domicilio del demandado.- III Aprobar la información Sumaria rendida en autos. IV.- Declarar que DANIEL BLAS SANCHEZ, DNI 30.242.147; es persona de ignorado domicilio, debiéndose notificar por edictos la presente resolución conjuntamente con la sentencia de fs. 13 en la forma prescripta por el art. 69 del CPCCyT, en el Boletín Oficial y diario LOS ANDES, tres 3 veces con dos 2 días de intervalo art. 72, inc. IV del CPCCyT. V.- Oportunamente, dése intervención en la presente causa al Defensor Oficial que por turno corresponda Art. 75; últ. párrafo del CPCCyT. OMITASE DE LISTA.- Fdo: DRA. VIVIANA
ISGRO MOSTACCIO-Juez.- Se hace saber que a fojas 13; el Juzgado resolvió: Mendoza, 10 de Febrero de 2.020. AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado.- II.- Hacer lugar a la demanda por ejecución cambiaria deducida por las actora JUCAMAR S.A. contra el demandado SANCHEZ, DANIEL BLAS, DNI 30.242.147; ordenando que se haga entrega de la suma de PESOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS $ 40.900.-, más la estimada provisoriamente para responder a intereses LEGALES, costos y costas. III.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado por la suma TOTAL de PESOS OCHENTA Y DOS
MIL $ 82.000.-, suma comprensiva del capital reclamado en autos más la de PESOS CUARENTA Y UN
MIL CIEN $ 41.100.- presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos, A tal efecto, facúltese el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario. IVHágase saber al demandado que dentro de los cinco 05 días de notificado de la presente puede deducir oposición a la presente sentencia monitoria arts.74, 75, 234 y 235 del C.P.C.C.T..- VDiferir la regulación de honorarios e imposición de costas para su oportunidad arts. 35 y 36 del C.P.C.C. y T..- VINotifíquese en el domicilio del demandado, acompañándose copia de la demanda y prueba documental acompañada.- VII.-Téngase presente las personas autorizadas.- COPIESE. NOTIFÍQUESE.- Dra.
VIVIANA ISGRÓ MOSTACCIO-Juez.-

Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 18 de Mayo de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/05/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha18/05/2021

Nro. de páginas115

Nro. de ediciones1845

Primera edición20/01/2017

Ultima edición12/07/2024

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