Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/06/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

Decreto N: 1084
MENDOZA, 17 DE MAYO DE 2019
Visto el EX-2019-02297850- -GDEMZA-SCP_DGADM, Caratulado Partido Intransigente - P.A.S.O. 2.019;
y CONSIDERANDO:
Que el día 14 de Mayo de 2.019 se suscribió un Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia y el Partido Intransigente, representado por la Sra. Romina Zahira Belén García Parejas y la Sra. Melina Vanesa Agero; con el fin de otorgar a la mencionada agrupación política, recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1
boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O. convocadas mediante Decreto N 202/19 para el día 09 de junio de 2.019; por sus pre-candidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales; conforme lo dispuesto por la Ley Nº 7.005; artículo 2º ter y modificatorias;
Que en Orden 03/05 obra nota de la Junta Electoral Provincial mediante la cual se informa al Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia el listado de las agrupaciones políticas que han solicitado aprobación de sus boletas oficializadas, destinadas a competir en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O.;
Que por Resolución Nº 059/19 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia se fijó en QUINIENTOS
CUARENTA Y SEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS 546,25 el millar de boletas de doce centímetros por diecinueve centímetros 12 cm. por 19 cm. para categoría de precandidatos provinciales, como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales;
Que la Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i faculta a los Ministros a celebrar convenios y contratos en el ámbito de sus competencias específicas, sujetos a la aprobación del Poder Ejecutivo;
Que en Orden 09 obra volante de imputación preventiva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia, en cumplimiento de lo normado en el artículo 81º de la Ley Nº 8.706;
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia en Orden 13 y lo dispuesto por Ley Nº 8.830, artículo 3º inciso i;
EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébese el Convenio celebrado entre la Provincia de Mendoza representado por el Sr.
Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Licenciado Miguel Lisandro Nieri y el Partido Intransigente representado por la Sra. Romina Zahira Belén García Parejas, D.N.I. Nº 34.611.300 y la Sra. Melina Vanesa Agero, D.N.I. Nº 32.855.489, a fin de otorgar a la mencionada agrupación política recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1 boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O., convocadas mediante Decreto N 202/19 para el día 09 de junio de 2.019; por sus pre-candidaturas para
BO-2019-02944277-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 10 de Junio de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 4 de 113

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/06/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha10/06/2019

Nro. de páginas114

Nro. de ediciones1860

Primera edición20/01/2017

Ultima edición05/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2019>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30