Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/04/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

11-12-15-16-17/04/2019 5 Pub.
JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina N 517, 2º piso, Ciudad, Mendoza, C.P.5.500 hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 16 de los autos Nº 1.019.503
caratulados "CORBALAN HECTOR ALFREDO p/ QUIEBRA D se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 27 DE FEBRERO DE 2019.- AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de CORBALAN HECTOR ALFREDO D.N.I N 17.943.549, V.
Fijar el día DIEZ DE MAYO DE 2019 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art. 200 Ley 24.522; pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día VEINTICUATRO DE MAYO DE 2019 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ art. 200 sexto párrafo Ley 24.522 y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art.279 Ley 24.522. VI. Fijar el día VEINTICINCO DE JUNIO DE 2019 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de créditos; dictándose sentencia de verificación de créditos el día VEINTICUATRO DE JULIO DE 2019, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal art. 274 LCQ. VII. Fijar el día VEINTITRÉS DE AGOSTO DE 2019 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día SEIS DE SEPTIEMBRE DE 2019. X.Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- XI.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XII.- Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XVII.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DÍAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a instancia del Tribunal. COPIESE.
REGISTRESE. Fdo.. Dr. Pablo González Masanés, Juez". Síndicatura: Cdor. LILIANA ESTER
MORALES, días y horarios de atención son los lunes, miércoles y viernes de 16 a 20 horas, se habilita, al efecto dos horas más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas, Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011
Excma. Primera Cámara de Apelaciones a los fines de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito en ALEM N 1477, DORREGO, GUAYMALLEN, Mendoza., telef.4317276-156634408 FDO.
DRA. CANDELARIA PULENTA.-SECRETARIA.
C.A.D. N: 20665 Importe: $ 1200
11-12-15-16-17/04/2019 5 Pub.
JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo de Dr. Pablo González Masanés, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina n 517, 2 piso, Ciudad, Mendoza, C.P. 5.500
hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 159 de los autos Nº 1.019.096 caratulados "
VINOS DE MONTAÑA S.R.L P/QUIEBRA ACREEDOR se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 22 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO: Iº.DECLARAR la quiebra de VINOS DE MONTAÑA S.R.L - CUIT 30-70921624-0, con domicilio social en calle MATHEU 718, CHACRAS DE CORIA, LUJAN DE CUYO, Mendoza VI. Fijar el día VEINTIUNO DE
MAYO DE 2019 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art. 200 Ley 24.522; pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día CUATRO DE JUNIO DE 2019 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ art. 200 sexto párrafo Ley 24.522 y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 ley 24.522. VII.
Fijar el día CUATRO DE JULIO DE 2019, como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura los informes individuales; dictándose sentencia de verificación de créditos el día CINCO DE AGOSTO DE
2019. VIII. Fijar el día TRES DE SEPTIEMBRE DE 2019 como fecha hasta la cual deberá presentar el
BO-2019-01823004-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 16 de Abril de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 77 de 131

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/04/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha16/04/2019

Nro. de páginas132

Nro. de ediciones1845

Primera edición20/01/2017

Ultima edición12/07/2024

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