Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 12/03/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Expediente N 12978-D-2015-00106 y CONSIDERANDO: Que en las citadas actuaciones se solicita se sancione a la Empresa de Seguridad Privada PE & PER PRESTIGIO S.A., por tener impagos los cánones correspondientes a los 2.014 y 2015, por la suma de Pesos: TRECE MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y CINCO $13.965,00 más los intereses legales correspondientes. Que mediante la Resolución N452 de fecha 24 de Agosto del 2015 emitida por el Director del ReparRepriv se emplazó a la citada empresa para que en el término de diez 10 días hábiles regularice la situación reseñada, bajo apercibimiento de determinarse la INHABILITACIÓN por 20 años. Que por lo expuesto se encuentra debidamente acreditado que la Empresa de Seguridad Privada PE & PER PRESTIGIO S.A., ha incurrido en infracciones previstas en la Ley 6441 y modificatorias, por lo que corresponde la sanción de INHABILITACIÓN por 20 años para la actividad, conforme al artículo 34, partado 1 .e y apartados 2. d de la citada Ley. Atento a ello, lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada a fs. 08 y la facultad delegada mediante Resolución N 1240-S-16; El Subsecretario de Relaciones Institucionales RESUELVE: 1 Inhabilitar por el término de veinte 20 años para la actividad regulada en la Ley N 6441
y su normativa complementaria a la Empresa de Seguridad Privada PE & PER PRESTIGIO S.A., conjuntamente con sus propietarios y directores a saber PEREZ, MARIANA D.N.I N 28.584.816; PENA, ESTELA NORMA D.N.I N 04.975.264; PEREZ , JOSÉ IGNACIO D.N.I N 08.151.736; VALENTE
NUÑEZ, HUMBERTO RAMÓN D.N.I N 08.155.191 Y PEREZ, JUAN CARLOS D.N.I N08.143.05, por tener impagos cánones correspondientes los años 2014 y 2015 , por la suma de TRECE MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO $13.965,00 más los intereses legales correspondientes, conforme el artículo 34, apartado 1.e y apartado 2 d de la citada Ley .2 Notificar por el Registro de Empresas Privadas de Vigilancia de lo dispuesto en el artículo anterior debiendo asentar lo actuado en los archivos respectivos. Asimismo, girar copia de la presente resolución de los Organismos que correspondan a los fines pertinentes. 3 Comuniqúese, notifíquese e insértese en el libro de Resoluciones. Fdo. Lic. Fabián S.
Moyano. Director a/c REPAR - REPRIV-Ministerio de Seguridad. Ratificando consecuentemente la Resolución N 287 de fecha 20 de Febrero del 2018 el cual Resuelve: 1 Admitir en lo formal y rechazar en lo sustancial el recurso interpuesto por el Sr. VALENTE NUÑEZ, HUMBERTO RAMÓN D.N.I N
08.155.191 Director de la Empresa de Seguridad Privada PE & PER PRESTIGIO S.A., con el patrocinio legal de la Dra Alejandra Scelzo, contra la Resolución N 2198-S de fecha 12 de Agosto del 2016, la que se confirma en todas sus partes 3 Comuniqúese, notifíquese e insértese en el libro de Resoluciones.
Fdo. Lic Fabián S. Moyano. Director a/c REPAR - REPRIV-Ministerio de Seguridad.
S/Cargo 12-13-14/03/2019 3 Pub.
Jueza del 8vo Juzgado de Familia de Godoy Cruz, en autos nº 1071/16/8F caratulados SALINAS RAUL
OMAR CONTRA ROCCO MILIOTIS PAOLA MONICA POR CUIDADO PERSONAL UNILATERAL, notifica a PAOLA MÓNICA ROCCO DNI N 26.828.158 de las resoluciones de fs. 14 y 56. El juzgado a fs. 14 proveyó: Mendoza, 7 de Noviembre de 2016.- Por recibidos.- Por MESA DE ENTRADAS
procédase a recaratular los obrados como pertenecientes a estas actuaciones. CUMPLASE.- Hágase saber el Juez que va a entender. NOTIFIQUESE.- Proveyendo a fs. 7/9: Por ratificada.- Por presentada, parte y domiciliada.- Téngase presente. Agréguese la documentación acompañada para su oportunidad.De la demanda, córrase traslado a la contraria por el término de OCHO días para que comparezca, responda, ofrezca pruebas y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de ley arts. 52, 76, 101 y cc LNA; y arts. 20, 21, 74, 75 y cc CPC. NOTIFÍQUESE.- lcFdo: Dra.
MARISA DANIELA PERALTA Juez de Familia. El juzgado a fs. 56 proveyó: Mendoza, 22 de Noviembre de 2018.- AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: Que en los presentes autos a fs. 7, se presenta la Dra.
Noelia Cortez abogada ad hoc del Sr. RAUL OMAR SALINAS y este por su hijo JAVIER IGNACIO
SALINAS inicia formal demanda de cuidado personal unilateral contra la progenitora, Sra. PAOLA
MÓNICA MILIOTISQue a fs. 17 manifiesta desconocer el domicilio de la progenitora, solicitando como medida previa se rinda información sumaria respecto del ignorado paradero de la misma.- A fs. 29/30
declaran los testigos ofrecidos.- Que a fs. 39 vta. obra informe remitido por la Junta Electoral en el que se informa un domicilio en El Plumerillo, Las Heras.- Que a fs. 40 se agrega informe de la Policía de Mendoza que informa no registrar datos de la demandada en sus registros patronímicos.-A fs. 44 vta.
consta cédula errada diligenciada en el domicilio informado por la Junta Electoral.- Que a fs. 47 se expide
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 12 de Marzo de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 12/03/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha12/03/2019

Nro. de páginas105

Nro. de ediciones1845

Primera edición20/01/2017

Ultima edición12/07/2024

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