Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/05/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que a fojas 03 y Ss. hasta la 21, documentación anexa a la denuncia, Que a fojas 22 y Ss. hasta la 27, fotos anexas a la denuncia, Que a fojas 28 y Ss. hasta la 33, planos anexos a la denuncia, Que a fojas 34, pase a tratamiento en Consejo Directivo, Que a foja 35, constancia de informe de Reunión de Consejo Directivo nº 431, Que a fojas 36 y 37, Estado de Matrícula del Profesional, Que a foja 38, obra pase al Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 39, avocamiento por parte del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 40, Cédula de Notificación al profesional, del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 41, obra informe Reunión de Consejo Directivo nº 451, Que a foja 42, 43, 44, 45, 46, 47, y 48, el Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional eleva nota con fundamentos y dictamen, para su tratamiento en Reunión de Consejo Directivo, Que a fojas 49 y 50, Estado de Matrícula del Profesional, Que a fojas 51, pase a tratamiento en Consejo Directivo, Que a foja 52, constancia de informe de Reunión de Consejo Directivo nº 463, CONSIDERANDO:
Que la actuación del Profesional JUAN PABLO DE ALMEIDA, MAESTRO MAYOR DE OBRAS, Matrícula nº 7.666, es contraria a las normas de Ética Profesional vigentes, incurriendo en faltas a las mismas según los Derechos y Obligaciones que impone la Ética Profesional. Artículos 1 y 2, Capítulo I, Título I; No ha cumplido con los Deberes que impone la Ética Profesional, Artículos 3, 4 y 6, Capítulo II, Título I. Además, el profesional ha infringido los Deberes para los comitentes y terceros, Artículos 22 y 23, Capítulo IV, Título I del Código de Ética Profesional;
POR ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE TÉCNICOS DE LA
CONSTRUCCIÓN E INDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
RESUELVE:
Art. 1.-APLÍQUESE: Al profesional JUAN PABLO DE ALMEIDA, MAESTRO MAYOR DE OBRAS, Matrícula nº 7.666, la sanción de FALTA GRAVE, SUSPENSIÓN EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
POR UN 1 AÑO, CON DIFUSIÓN PÚBLICA Y MULTA DE $ 5.000,- PESOS CINCO MIL CON 00/100, de acuerdo Artículo 60, inciso c, Capítulo VI De las penalidades, Título V del Código de Ética Profesional.Art. 2.-DEBERÁ: El profesional JUAN PABLO DE ALMEIDA, MAESTRO MAYOR DE OBRAS, Matrícula nº 7.666, hacer efectivo el pago de todas las deudas existentes a la fecha, dentro de los diez 10 días de la notificación de la presente Resolución. A su incumplimiento, por Secretaría, procédase al cobro por vía
BO-2018-01143996-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 10 de Mayo de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 19 de 135

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/05/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha10/05/2018

Nro. de páginas136

Nro. de ediciones1854

Primera edición20/01/2017

Ultima edición26/07/2024

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