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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/03/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
Inteligencia Fiscal de la Subdirección de Fiscalización, dependiente de la Dirección General de Rentas, atento a que dicho cargo se encuentra vacante por haber obtiendo el C.P.N. Alberto José Digregorio el beneficio de Jubilación.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley n 8521, EL ADMINISTRADOR GENERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA
RESELVE:
Artículo 1 - Aféctese a cumplir funciones de Jefe del Departamento de Inteligencia Fiscal de la Subdirección de Fiscalización de la Dirección General de Rentas, al C.P.N. ROBERTO FEDERICO
NICOLAS SANCHEZ, CUIL N 20-24467889-1, a partir de la fecha de emisión de la presente disposición.
Artículo 2 - El funcionario mencionado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por Decreto Acuerdo N
1789/15 y la Resolución General ATM N 1/16.
Artículo 3 - Comuníquese al Departamento Gestión Administrativa y por su intermedio, notifíquese al interesado. Publiquese en el Boletín Oficial. Tómese conocimiento por la Dirección General de Rentas, Subdirección de Fiscalización, Dirección de Administración y Departamento de Balance y Presupuesto.
Cumplido, con constancias, procédase a su archivo.
Cont. ALEJANDRO LUIS DONATI
29/03/2017 1 Pub.
DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución N: 33
MENDOZA, 13 de abril de 2016
VISTO: Expediente Nº 1692-D-15, Caratulado Avila Juan Pablo c/ Despegar.com.ar, donde obran las actuaciones sumariales contra Despegar.com y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 el Sr. AVILA JUAN PABLO, DNI Nº26.838.029, interpone denuncia contra Despegar.com.ar, según consta a fs. 1/18, Que el denunciante manifiesta que la empresa oferta al correo electrónico personal, un paquete turístico para clientes del Banco Santander Rio pagadero, en 18 0 24 cuotas, no obstante ello cuando se procede a efectuar la compra, también por vía electrónica, no puede concretar la misma por inconvenientes en el sistema que impiden procesar el pago.
Que a fs. 7/17 obra prueba documental de los pasos seguidos por el denunciante, a través de Internet, para la compra pretendida, Que a fs. 19 se imputa infracción a la denunciada por violación del artículo 36º de la ley Nº 5547 y artículo 7º de la ley Nº 24.240, por la negativa o restricción injustificada de venta, Que a fs. 17/22, la sumariada presenta descargo rechazando la infracción y planteando la nulidad del acto administrativo que ordena la mencionada imputación de infracción por considerar que la misma no se encuentra motivada en los hechos incurridos en perjuicio del denunciante y a fs. 62/63 presenta nuevo descargo negando nuevamente los hechos denunciados,
BO-2017-00026877-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 29 de Marzo de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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