Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/12/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 28 de diciembre de 2021

Página 19

normas, tratados y convenios internacionales vigentes en esta materia, sin perjuicio de lo que se establezca reglamentariamente para quienes se encuentren en reconocido estado de necesidad.
En las prestaciones que hayan de ser resueltas por otras administraciones, habrán de someterse a lo previsto en la legislación aplicable.
Artículo 21
Serán los programas y proyectos de intervención en cada momento, quienes establezcan la población potencialmente de los mismos.
CAPÍTULO VII

Horarios del centro y de sus servicios Artículo 22
1. El Centro de Servicios Sociales Comunitarios permanecerá abierto para la atención a los usuarios en horario de 9:45 horas a 13:30 horas, contando con el personal técnico y administrativo necesario en función de la actividad que se esté realizando.
2. El horario que han de cumplir los profesionales del Centro de Servicios Sociales Comunitarios será motivo de acuerdo en la negociación del convenio colectivo para los trabajadores laborales y del Reglamento de Funcionarios del Ayuntamiento de Ronda.
3. Excepcionalmente, las actividades de intervención comunitaria, cooperación social, promoción de grupos de voluntarios y con asociaciones, se realizarán por la tarde cuando así lo requieran.
Disposiciones adicionales Primera. Financiación El Centro de Servicios Sociales Comunitarios se financia a través del Plan Concertado de Servicios Sociales, contando con las aportaciones económicas del Ayuntamiento de Ronda, Consejería Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía y Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Las prestaciones descritas en el reglamento podrán ser financiadas mediante transferencias de otras administraciones públicas y con las aportaciones de los usuarios.
Segunda. Dependencia orgánica El Centro de Servicios Sociales Comunitarios se adscribe orgánicamente en el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ronda.
Tercera. Documentación técnica La documentación técnica se utilizará siempre que sea precisa la intervención técnica especifica y la gestión de las prestaciones de los servicios sociales.
La documentación técnica que se utilizará estará homologada para todos los técnicos del centro.
Cuarta. Desarrollo reglamentario Corresponde a la Alcaldía-Presidencia, la facultad de desarrollar el presente reglamento, previo informe de la Junta de Gobierno Local. Dicha facultad podrá delegarse en la ConcejalDelegada de Servicios Sociales.
Disposiciones transitorias La organización y el funcionamiento del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Ronda se desarrolla en el edificio situado en la calle Montes, número 52, de esta localidad.

CVE: 20211228-08319-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 246

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/12/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha28/12/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5579

Primera edición15/01/2001

Ultima edición17/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones