Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 10 de febrero de 2021

Página 27

Con el objeto de que se aporte cualquier idea u opinión sobre la modificación de las competencias delegadas por la Junta de Gobierno Local en el Concejal de Hacienda, excluyendo la aprobación y gestión de estos ingresos de derecho público no tributarios, remitimos esta nota a los departamentos interesados, para que, en breve, pueda solucionarse el problema de competencias puesto de manifiesto por el Director Contable.
Sin otro particular, atentamente.
De las aportaciones recibidas, conviene aclarar que las diferentes áreas tramitan sus expedientes, los aprueban según sus competencias y gestionan los mismos. La grabación en la aplicación de gestión y recaudación no es más que un último trámite administrativo, que viene motivado por la necesidad de que la recaudación también la contabilización y la aplicación presupuestaria se realice de forma ordenada y controlada, gracias a la codificación de las cartas de pago que se abonan en las entidades colaboradoras. De hecho, el ingreso de derecho público que se desprende de la gestión del expediente del área no es más que una obligación accesoria que deriva del acto principal acto del área correspondiente.
También se recibe aportación del señor Secretario General, que colabora en la redacción de una posible propuesta del señor Concejal Delegado de Hacienda a la Junta de Gobierno Local, así como opinión verbal favorable de la misma por la Dirección Contable, la Intervención y la Tesorería. El texto de dicha propuesta quedaría como sigue:
Desde las áreas económicas de la Oficina de Contabilidad, Gestión Tributaria, Tesorería e Intervención se ha puesto de manifiesto la conveniencia, oportunidad y necesidad de modificar el régimen de delegación de competencias llevada a cabo por la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 19 de junio de 2019, en lo que a las liquidaciones de ingresos no tributarios se refiere; ya que se provoca disfunción en el sistema de organización municipal, basado en unidades administrativas culminadas por concejales con competencias delegadas, al centralizarse todas las liquidaciones no tributarias en el Concejal Delegado del Área Económica y Hacienda.
En este Ayuntamiento se ha venido considerando que la competencia para la aprobación de las liquidaciones tributarias o no tributarias corresponde a la Junta de Gobierno Local al encontrarse dentro de otra más genérica que recoge el artículo 127.g de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y en este sentido fue delegada de manera expresa por acuerdo de este órgano, en sesión de fecha 19 de junio de 2019, al Concejal Delegado de Hacienda. Pero, realmente, los ingresos de derecho público no tributarios que derivan de las áreas son partes accesorias de un acto administrativo principal, por lo que deben aprobarse usando las mismas competencias y delegaciones que dicho acto.
Por todo ellos, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:
1.ºModificar el régimen de delegación dado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 19 de junio de 2019, en su punto sexto del orden del día, apartado cuarto, suprimiendo la competencia fijada para la aprobación de los actos de liquidación tributaria u otros ingresos de derecho público, ya sea vía liquidaciones directas o emisión de padrones fiscales, así como su anulación y añadir dentro de las delegaciones del Concejal Delegado de Hacienda:
La aprobación de los actos de liquidación tributaria ya sea vía liquidaciones directas o emisión de padrones fiscales, así como su anulación y devolución.
La aprobación de los actos de liquidación de los ingresos de derecho público no tributarios de las unidades organizativas de intervención general, intervención contable, tesorería, órgano de gestión tributaria y órgano para la resolución de las reclamaciones económicas administrativas así como su anulación y devolución, salvo que el ingreso derivase de un expediente principal cuya resolución correspondiese a la Alcaldía.

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Número 27

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 10/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha10/02/2021

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones5573

Primera edición15/01/2001

Ultima edición11/07/2024

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