Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/6/2024 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 31 de mayo de 2024

Página 23

Sexto. Otros datos La documentación exigida para la presentación de solicitudes es la siguiente:
En el caso de proyectos de la línea A: Asociaciones de Mujeres y Federaciones de Asociaciones de Mujeres:
Solicitud completa de subvención, que estará integrada por el modelo oficial que identifica a la persona solicitante y la memoria con descripción detallada de las actividades que forman el proyecto, según anexo I y IA. No serán admitidas las solicitudes que se presenten incompletas, y que tras el periodo de subsanación no se hubieran corregido, por lo que el anexo I y IA íntegramente resulta obligatorio en todos los casos.
Presupuesto desglosado de los gastos a realizar, con relación detallada de las cantidades que se apliquen a cada concepto. En la solicitud se detallarán las entidades y asociaciones que solicitan la subvención y participan en el proyecto. Si el proyecto se realiza en otro municipio distinto a aquel en que radique la sede social de la entidad solicitante deberá designarse en la memoria las entidades u organismos con los que se ha contactado y llegado a acuerdo para desarrollarlo.
Memoria descriptiva del proyecto, de acuerdo con los ítems recogidos en el anexo IA.
Copia de la tarjeta con el Código de Identificación Fiscal CIF actualizado, según Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, del Ministerio de Economía y Hacienda, de cada una de las asociaciones o entidades solicitantes/participantes.
Copia del DNI de la persona que represente legalmente a cada una de las entidades.
Declaración responsable de no encontrarse incursa la entidad en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según anexo IB. Autorización para que la Diputación pueda interesar ante cualquier Administración Pública, incluida la propia Diputación, sobre el estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, según anexo IC.
Autorización de la secretaría de la entidad solicitante y de las entidades participantes, a favor de la representante nombrada para solicitar la subvención, según anexo ID.
Estatutos de la entidad o asociación e inscripción en el registro correspondiente, salvo que no hubieran transcurrido más de 5 años desde la anterior presentación ante esta Diputación y no hubieran sufrido modificación alguna, en cuyo caso no habrá que presentarse declaración de la persona responsable en dicho sentido, según anexo IE.
En el caso de federaciones, tendrá que especificarse en la solicitud el nombre de las asociaciones de la Federación que participan en el proyecto, quedando excluida para dichas asociaciones la posibilidad de participar en otro proyecto en solitario. Toda la documentación exigida, se recuerda, deberá presentarse por cada una de las asociaciones o entidades participantes de un mismo proyecto.
En el caso de proyectos de la línea B, ayuntamientos, deberán aportar originales, según se detalla a continuación:
Solicitud completa de subvención, que estará integrada por el modelo oficial que identifica a la persona solicitante y la memoria con descripción detallada de las actividades que forman el proyecto, según anexo I y IA. No serán admitidas las solicitudes que se presenten incompletas, por lo que el anexo I y IA íntegramente resulta obligatorio en todos los casos.
Presupuesto desglosado de los gastos a realizar, con relación detallada de las cantidades que se apliquen a cada concepto.
Memoria descriptiva del proyecto, de acuerdo con los ítems recogidos en el anexo IA.
Copia de la tarjeta con el Código de Identificación Fiscal CIF actualizado, según Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, del Ministerio de Economía y Hacienda.
Copia del DNI de la persona que represente legalmente al Ayuntamiento. Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, según anexo IB.

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Número 105

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/6/2024 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha02/06/2024

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4138

Primera edición20/02/2001

Ultima edición05/07/2024

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