Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 17/1/2023 (Suplemento 1)

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 17 de enero de 2023

Página 74

C on d icion es 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir, en su caso, acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. En el caso de que la reforma consista en la modificación de un elemento de la instalación actualmente en servicio, y al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes, bajo la responsabilidad del director facultativo, se autoriza la puesta en tensión de dicho elemento de la instalación durante quince días desde la fecha del descargo de la misma, mientras se tramita el acta de puesta en marcha definitiva. Para ello, previamente se deberá comunicar a esta Delegación la fecha de descargo.
8. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Política Industrial y Energía en el plazo de un 1 mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Málaga, 20 de diciembre de 2022.
El Delegado Territorial, Carlos García Giménez.
5603/2022
D

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Número 10

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 17/1/2023 (Suplemento 1)

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaísEspaña

Fecha17/01/2023

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4162

Primera edición20/02/2001

Ultima edición29/07/2024

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