Boletin Judicial de Costa Rica del 25/10/2021

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 36 BOLETÍN JUDICIAL Nº 205

Lunes 25 de octubre del 2021

de derechos. Confeccionándose el oficio de estilo.Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.Lic. Geiner Amador Cordero, Fiscal Auxiliar.O.C. N 364-12-2021B.
Solicitud N 68-2017-AJ. IN2021593814 .
3 v. 2.
El suscrito Lic. Geiner Amador Cordero, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta Contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, se le comunica a Jerson Omar Wallfall Bryan , cédula de identidad 7-0201-0142 en calidad de Propietario Registral de la motocicleta placas MOT343208, a fin de presentarse ante la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio González Lahman, Edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de hacerle la devolución de dicho automotor, mismo que fue decomisado bajo la causa 16-1317-00472-PE, contra Keylor Colle Kely, por el delito de Legitimación de Capitales , en perjuicio de el Orden Socioeconómico, a su vez, que aporte la documentación idónea que lo acredite, en caso contrario vencido el plazo previsto en la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso. Por lo anterior se procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial.Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.Lic. Geiner Amador Cordero, Fiscal Auxiliar.O.C. N 364-12-2021.
Solicitud N 68-2017-JA. IN2021593815 .
3 v. 2.
El suscrito Lic. Luis Gustavo Nájera Picado, Fiscal Coordinador de la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, comunica a Manuel Cordero Ramírez, cédula de identidad N 1-1024-0853, en calidad de Propietario de los siguientes bienes: un teléfono celular marca Samsung imei 359037088403455, tarjeta sim 8350604302704020849, un teléfono celular marca iPhone imei 358688053055117, tarjeta sim 8950603017834177511F, un teléfono celular marca Samsung imei 359271070831882, tarjeta sim 8950603016815241174F
y tarjeta sim 8950604301612205724F, un dispositivo de almacenamiento USB marca Kingston de 16GB, un teléfono celular marca Samsung imei 358887017873421, tarjeta sim 8950604023508501822 y tarjeta sim 8950604127506244911, un teléfono celular marca ZIF imei 359037088403455, tarjeta sim, un teléfono celular marca Blu imei 356662067727021, tarjeta sim 8950603015065734334F, un teléfono celular marca Samsung imei 355891055049798, tarjeta sim 8950604021510548500F, esto con la finalidad que se presente ante la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, ubicada en San José, Barrio González Lahman, edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de hacerle la devolución de dicho bienes, mismos que fueron decomisados bajo la causa 18-000059-1219-TP, contra ignorado, por el delito de Legitimación de Capitales, en perjuicio del Orden Socioeconómico, a su vez, que aporte la documentación idónea que lo acredite como propietario, en caso contrario, vencido el plazo previsto en la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso se solicitará ante autoridad jurisdiccional competente el comiso a favor del Instituto Costarricense Sobre Drogas de dichos bienes. Por lo anterior se procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial.
Confeccionándose el oficio de estilo.Fiscalía Adjunta Contra el Narcotráfico y Delitos Conexos.Lic. Luis Gustavo Nájera Picado, Fiscal Coordinador.O.C. Nº 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2021594421
3 v. 1.
Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela Materia Penal, al ser las ocho horas treinta y siete minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno. Se comunica que en el legajo principal número 20-000173-0494-TR seguido contra Francisco Carrillos Díaz, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Hilder García Pérez y Otro, de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal se le comunica a Jorge Vargas Monge con cédula 6-02370248, mayor de edad, con base a la circular número 108-

09 de la Secretaría de la Corte, la resolución del traslado de la acción civil resarcitoria incoada bajo la sumaria 20000173-0494-TR. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Hilder Josué García Pérez, Johel Jesús García Pérez, a darle traslado al dueño registral de vehículo placas de circulación 342535, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del la actor a civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Se publica por una sola vez. Notifíquese.Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela. SHALL.Licda. Allan González Navas, Fiscala Auxiliar.1 vez.O. C. N 364-122021B.Solicitud N 68-2017-AJ. IN2021594719 .
Licenciado Francisco Javier Montoya Ramírez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Atenas, al señor Gilbert Morales Abarca, cédula de identidad número 106690353, se le hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria, expediente número 21-000040-1469-TR, seguido en contra de Wilberth Alberto Jiménez Venegas, por el delito de Lesiones Culposas y Homicidio Culposo, en perjuicio de Marvin Gerardo Barquero Quirós, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Vista la presente Acción Civil Resarcitoria, presentada en la causa número 21-000040-1469-TR interpuesta por el Lic. Diego González Chaves, en su condición de representante de la actora civil Hillary Barquero Zamora, de conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede a darle traslado al demandado civil Gilbert Morales Abarca en su condición de gerente y apoderado generalísimo de la empresa Transportes González y Villegas a quien se le invita a constituirse como parte tercero interesado dentro de este proceso, sobre las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la actora civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos.
Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluida la sentencia. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil a través de este medio. Notifíquese.
Lic. Francisco Javier Montoya Ramírez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía de Atenas. En vista de que el señor Gilbert Morales Abarca es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle las resoluciones que anteceden por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
Comuníquese.Fiscalía de Atenas.Lic. Francisco Javier Montoya Ramírez, Fiscal Auxiliar.1 vez.O.C. N 364-122021B.Solicitud N 68-2017-AJ. IN2021594726 .

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 25/10/2021

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha25/10/2021

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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