Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/08/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente, y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

El plazo de puesta en marcha será de DOS 2 AÑOS contados a partir de la fecha de la presente
resolución, pudiendo el titular presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación del Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación del mismo. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.

El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 07/08/2023 a las 00:02:25 - Nº BOP: 149/23
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación BOPxs231497ymJ3b6v+DEyG5M= en https verifirma.diphuelva.es
Diputación Provincial de Huelva. Boletín Oficial de la Provincia
Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
La Secretaría General de Energía, P.D. Resolución de 11/3/22, Boja núm. 52, de 17 marzo de 2022
La Delegada Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, Lucía Núñez Sánchez
VERIFICACIÓN

LUCIA NUÑEZ SANCHEZ

06/06/2023

BndJACYEWQYPNQ7VF5DYWGW7PSK45T

https ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma/

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/08/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha07/08/2023

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones2581

Primera edición02/01/2014

Ultima edición01/07/2024

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