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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/06/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 113
15 de Junio de 2021
2373
b Colaborar gratuitamente, con los medios a su disposición, en la localización y precinto de vehículos embargados por el SGTH en el curso de cualquier procedimiento de gestión recaudatoria.
c Poner a disposición del SGTH, con carácter gratuito depósitos municipales para vehículos embargados por el mismo en el curso de cualquier procedimiento de gestión recaudatoria.
2.- La Diputación de Huelva, a través del SGTH, ejercerá en materia de gestión recaudatoria las siguientes funciones:
a Actividades de Recaudación Voluntaria.
Practicar noticaciones colectivas en deudas por recibo e individuales en liquidaciones por ingreso directo.
Emisión de documentos de cobro de recibos y liquidaciones por ingreso directo.
Fijar plazos de cobro en período voluntario en deudas por recibo.
Establecer, de ser necesario, itinerarios de cobranza.
Conferir y revocar a Entidades Financieras el carácter de Entidades Colaboradoras y establecer los límites de la colaboración.
Conceder o denegar aplazamientos y fraccionamientos en voluntaria.
Acordar la suspensión del procedimiento.
Recibir y custodiar garantías de deudas o dispensarlas.
Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas a las anteriores materias.
Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.
Representación y defensa ante los tribunales de las demandas que se formulen contra las resoluciones anteriores.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas a las anteriores materias.
Cualquier otra función en materia recaudatoria correspondiente al periodo voluntario no especicada anteriormente.
b Actividades de Recaudación Ejecutiva.
Expedir relaciones de deudores por recibo y certicaciones de descubierto por liquidaciones de ingreso directo.
Dictar la Providencia de apremio en recibos y certicaciones de descubierto por liquidaciones de ingreso directo cuando exista acuerdo especíco de delegación en gestión tributaria en sentido estricto, respecto al ingreso de derecho público titularidad del municipio.
Noticar la Providencia de apremio y resolver los recursos contra dicho acto administrativo cuando exista acuerdo especíco de delegación en gestión tributaria en sentido estricto, respecto al ingreso de derecho público titularidad del municipio.
Realizar las actuaciones del procedimiento de apremio no citadas en el punto anterior.
Conocer y resolver en vía administrativa los recursos y las reclamaciones interpuestos contra actos posteriores a la providencia de apremio en el procedimiento recaudatorio de los derechos objeto del presente Convenio.
Representación y defensa ante los tribunales de las demandas que se formulen contra las resoluciones anteriores.
Conferir y revocar a Entidades Financieras el carácter de Entidades Colaboradoras y establecer los límites de la colaboración.
Liquidar intereses de demora.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/06/2021 a las 00:00:22
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