Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/06/2024 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 28 de junio de 2024

considerándose los factores de ajuste aplicados al certificado, emitiendo el informe técnico correspondiente;
Que la Dirección Provincial de Arquitectura y la empresa BELLUNO BIM S.R.LQue las partes aceptan los precios redeterminados a valores de mayo de 2022, junio de 2022 y julio de 2022, que constan como Anexo I;
Que en lo que respecta a las variaciones que surgen por ajuste de precios sobre el anticipo financiero y la obra básica ejecutada, todos los factores de ajuste aplicados a cada certificado se establecen de acuerdo al detalle del Anexo I y a lo acordado en el Acta Acuerdo suscripta;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde detraer la suma total de pesos cinco millones ciento ochenta y un mil seiscientos ochenta y ocho con ochenta y un centavos $5.181.688,81 en concepto de ajuste provisorio abonada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en concepto de ajustes provisorios Anticipo Financiero correspondiente al mes de mayo de 2022 y en los certificados N 1 a 2 correspondientes a los meses de junio y julio de 2022, dando por finalizado a partir de dicho mes el proceso de ajuste provisorio;
Que, se deja constancia, que en concepto de la presente redeterminación se le reconocerá a la contratista la suma de pesos siete millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y ocho con veintidós centavos $7.555.488,22
en el mismo período y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos dos millones trescientos setenta y tres mil setecientos noventa y nueve con cuarenta y un centavos $2.373.799,41, cuyo detalle se observa en Anexo I, al que adicionándole las sumas de pesos veintitrés mil setecientos treinta y siete con noventa y nueve centavos $23.737,99 del 1% para dirección e inspección, de pesos veintitrés mil setecientos treinta y siete con noventa y nueve centavos $23.737,99 del 1% para embellecimiento y de pesos setenta y un mil doscientos trece con noventa y ocho centavos $71.213,98 para la reserva del 3% establecida en la Ley N 14052, modificatoria del artículo 8 de la Ley N 6021, alcanza un total de pesos dos millones cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve con treinta y siete centavos $2.492.489,37;
Que la Contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, en los términos del artículo 19 del Anexo I de la RESO2021-943-GDEBA-MIYSPGP; como así mismo se compromete a cumplir el plan de a trabajo y curva de inversión correspondiente a la obra faltante de ejecución.
Que la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto;
Que la Dirección Provincial de Arquitectura propicia la presente gestión;
Que mediante la Resolución N 389/24, se delegaron las facultades previstas en el Decreto N 367/17-E y la Resolución N
235/17-E, y el Decreto N 290/21 y la Resolución N 943/21 y sus modificatorias en los Subsecretarios de Energía, de Obras Públicas y de Recursos Hídricos de este Ministerio;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 36/20 y modificatorios, el Decreto N 323/22 y modificatorios y el Decreto N 393/24, el Decreto N 290/21 y modificatorias, reglamentado por la RESO-2021943-GDEBA-MIYSPGP y modificatorias;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA RESO-2024-389-GDEBA-MIYSPGP
EL SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios y su Anexo, suscripta entre la Dirección Provincial de Arquitectura y la Empresa BELLUNO BIM S.R.L. contratista de la obra: Remodelación y Puesta en Valor Edificio Casa de la Provincia de Buenos Aires en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Licitación Pública Nº 160/2021
- que agregados como IF-2024-19658962-GDEBA-DPAMIYSPGP e IF-2023-40926398-GDEBA-DPRPOPMIYSPGP e IF2024-17854931-GDEBA-DPAMIYSPGP, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2. Determinar que la gestión aprobada por el Artículo 1 asciende a la suma de pesos siete millones quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y ocho con veintidós centavos $7.555.488,22 en el mismo período y que, efectuado el correspondiente balance, surge una diferencia a favor del contratista a ser certificada por la suma de pesos dos millones trescientos setenta y tres mil setecientos noventa y nueve con cuarenta y un centavos $2.373.799,41, cuyo detalle se observa en Anexo I, al que adicionándole las sumas de pesos veintitrés mil setecientos treinta y siete con noventa y nueve centavos $23.737,99 del 1% para dirección e inspección, de pesos veintitrés mil setecientos treinta y siete con noventa y nueve centavos $23.737,99 del 1% para embellecimiento y de pesos setenta y un mil doscientos trece con noventa y ocho centavos $71.213,98 para la reserva del 3 % establecida en la Ley N 14052, modificatoria del artículo 8 de la Ley N 6021, alcanza un total de pesos dos millones cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve con treinta y siete centavos $2.492.489,37;
ARTÍCULO 3. La presente gestión será atendida con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023
- Ley N 15.394 - Prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto 12/2024 - JU 14 - PR 8 - SP 7 - PY 12917 - OB 99 - IN 4 PPR 2 - PPA 1 - FF 11 - UG 999 - CTA ESCRITURAL 710 - MON 1.
ARTÍCULO 4. La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8 de la Ley Nº 6021, modificada por la Ley Nº 14.052 y al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires la correspondiente a embellecimiento, conforme lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N 6174 para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Arquitectura a la realización de las gestiones pertinentes.

SECCIÓN OFICIAL > página 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/06/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha28/06/2024

Nro. de páginas195

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30