Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/06/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 25 de junio de 2024

Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal y Técnica de Secretaría General;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 2 del artículo 144 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y por el artículo 11 de la Ley N 15.477;
Por ello, El GOBERNADOR DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Aprobar las normas de procedimiento para la inspección, la comprobación y el juzgamiento de las infracciones al Decreto de Necesidad y Urgencia N 274/19, a su reglamentación y normas nacionales y provinciales que se dicten en consecuencia, en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, que como Anexo Unico IF-2023-36954269GDEBA-SSDCYPIMPCEITGP forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2. Designar Autoridad de Aplicación del presente al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica a través de la Dirección Provincial de Promoción y Desarrollo Comercial -o la autoridad que en el futuro la reemplace-.
ARTÍCULO 3. Facultar a la Dirección Provincial de Promoción y Desarrollo Comercial -o la autoridad que en el futuro la reemplacea dictar las disposiciones que reglamenten, complementen o aclaren las cuestiones relativas a la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4. Sustituir el artículo 1 del Decreto N 1804/83 por el siguiente:

ARTÍCULO 1. El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, por intermedio de la Dirección Provincial de Promoción y Desarrollo Comercial -o la autoridad que en el futuro la reemplaceserá la Autoridad de Aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N 274/19 y tendrá a su cargo su cumplimiento y el de las normas que se dicten en su consecuencia en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5. Sustituir el artículo 9 del Decreto N 1804/83 por el siguiente:

ARTÍCULO 9. Los importes de las multas que se apliquen en cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia N 274/19 y normas reglamentarias o complementarias serán depositadas en la Cuenta Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires, orden Contador General y Tesorero General 229/7. El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica establecerá el porcentaje de participación de las municipalidades, cuando éstas intervengan en la comprobación de las infracciones originadas en su jurisdicción.
ARTÍCULO 6. Derogar los Decretos N 1805/83 y N 1677/05.
ARTÍCULO 7. Disponer que este decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 9. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Pasar al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, cumplido, archivar Augusto Eduardo Costa , Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

ANEXO/S
IF-2023-36954269-GDEBASSDCYPIMPCEITGP

ab1ca4a6591f3a27af7b81db000985c7aeb1ee6a5473c4389c8334eba0d45567 Ver
DECRETO Nº 865/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 11 de Junio de 2024
VISTO el expediente EX-2023-38429420-GDEBA-DSTYADCIC de la Comisión de Investigaciones Científicas -CICmediante el cual se propicia aprobar el Convenio de Subvención celebrado entre el mencionado Organismo y el entonces Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación y, CONSIDERANDO:
Que, el citado convenio tiene por objeto el otorgamiento de un subsidio por parte del entonces el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación a la Comisión de Investigaciones Científicas -CICpor la suma de pesos cinco millones cuatrocientos quince mil novecientos veintiséis con 25/100 $5.415.926,25 para la ejecución del proyecto Observatorio de valores del suelo e instrumentos de financiamiento del desarrollo urbano;
Que, el citado instrumento se suscribe en el marco del Programa IMPACT.AR CIENCIA Y TECNOLOGÍA cuya finalidad principal es promover proyectos de investigación y desarrollo orientados a apoyar a organismos públicos -en todos sus nivelesa encontrar soluciones a desafíos de interés público, que requieran de conocimiento científico o desarrollo
SECCIÓN OFICIAL > página 5

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/06/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha25/06/2024

Nro. de páginas98

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

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