Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/06/2024 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 19 de junio de 2024

fuera dispuesto por el artículo octavo, considerando séptimo, apartado 10 del fallo de las cuentas del ejercicio 2021, por el que responderá el Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a los Sres. Edgardo Hugo CASTAGNERIS, Jorge Juan IRAOLA y Gustavo Héctor ARRIETA
y a las Sras. Ana María CAMPAGNOLI, Miriam Beatriz MARTÍNEZ GARCÍA y Marisa Viviana Amalia FASSI, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 108/9 cargos - Pesos CBU 0140999801200000010893, a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Cañuelas, para su conocimiento.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de quince fojas; publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica de este Honorable Tribunal de Cuentas;
reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo sexto.
Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 386/2024.
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 30/05/2024
N de Expediente: 2-344.0-2022
Ente u Organismo: Autopistas de Buenos Aires S.A. - AUBASA
Ejercicio: 2022
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta de AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A. AUBASA - Ejercicio 2022, acorde a lo expresado en el Considerando Séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aplicar la sanción de: Llamado de Atención a Claudia Mariana FITTIPALDI, Amonestación a Mauro Daniel MORETTI, Multa de $80.000,00 a Adrián Jorge ZENOBI, Multa de $80.000,00 a Marcelo Oscar BAILO, Multa de $100.000,00 a Ricardo LISSALDE, Multa de $100.000,00 a Felipe Martin VISMARA y Multa de $100.000,00 a Diego Martín LASALA, conforme lo señalado bajo el Considerando Sexto.
ARTÍCULO TERCERO: Dar por cumplida a la División Relatora la encomienda dispuesta por el Artículo Vigésimo Primero de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N303/2023 del 29/06/2023, recaída sobre el estudio de la cuenta de Autopistas de Buenos Aires S.A. AUBASA - Ejercicio 2021, conforme lo expresado en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia de lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Ricardo LISSALDE; Felipe Martin VISMARA; Diego Martín LASALA; Marcelo Oscar BAILO; Adrián Jorge ZENOBI; Claudia Mariana FITTIPALDI y Mauro Daniel MORETTI de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución a las autoridades de la AUBASA, al Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y al Relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de veintitrés 23, fojas publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Quinto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 381/2024.
Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo y Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.

SECCIÓN OFICIAL > página 64

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/06/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha19/06/2024

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30