Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/05/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 13 de mayo de 2024

Mussi, de $100.000 al Contador Municipal Sr. Marcelo Fabián López y sendas amonestaciones al Secretario de Obras Públicas Sr. Carlos Eduardo Balor, al Secretario de Servicios Públicos Sr. Sergio Daniel Faccenda, al Director General de Compras Sr. Leonardo Gustavo Muraco, al Secretario de Organizaciones no Gubernamentales Marcelo Fabián Benedetti, a la Directora de Patrimonio y Titular del Órgano Rector del Subsistema de Administración de Bienes Físicos Sra. Gladys Noemí Rojas, al Presidente del H. Concejo Deliberante Sr. Marcelo Alejandro Romio y al Tesorero Municipal Sr. Marcos Nahuel Fernández Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto acápite 1.1.18 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo por la suma total de $3.151.817,60 por el que deberán responder en forma solidaria el Sr.
Intendente Municipal Sr. Juan José Mussi, el Director General de Compras Sr. Leonardo Gustavo Muraco Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto apartado 1 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo por la suma total de $54.769,68 por el que deberán responder en forma solidaria el Sr. Intendente Municipal Sr. Juan José Mussi y el Asesor Letrado Sr. Gustavo Alejandro Campos Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto apartado 2 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo por la suma total de $1.210.380,40 por el que deberán responder en forma solidaria el Intendente Municipal Sr. Juan Patricio Mussi, el Contador Municipal Sr. Marcelo Fabián López y el Tesorero Municipal Sr. Marcos Nahuel Fernández hasta la suma de $1.169.418,12 y el Intendente Municipal Sr. Juan Patricio Mussi, el Contador Municipal Sr. Marcelo Fabián López y la Tesorera Municipal Interina Sra. Nora Esther Pereyra hasta la suma de $40.962,28 Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto apartado 6 inciso 3 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo por la suma total de $6.684.885,92 por el que deberán responder en forma solidaria el Intendente Municipal Sr. Juan Patricio Mussi, el Contador Municipal Sr. Marcelo Fabián López y el Tesorero Municipal Sr.
Marcos Nahuel Fernández Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto apartado 7 inciso 7.2 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo por la suma total de $4.772.005,37 por el que deberán responder en forma solidaria el Intendente Municipal Juan Patricio Mussi, el Contador Municipal Marcelo Fabián López, el Secretario de Obras Públicas Carlos Eduardo Balor, el Secretario de Gobierno Antonio Osvaldo Amarilla y el Director General de Gobierno Roberto Ángel Fabbio y el Coordinador del Centro de Actividades Deportivas, Culturales y Recreativas Roberto De Vicenzo Fabio Francisco Romero Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las cuestiones abordadas en los considerandos cuarto apartados 1.2.7, 1.4.5, 1.5.2 y 1.5.5, quinto apartado 2 parcial acápites a, b y c del inciso A, 4, 6 inciso 2, 7 apartado 7.1 y 8 y disponer que la Delegación y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio, declarando que los Sres. Juan José Mussi, Carlos Eduardo Balor, Marcelo Fabián López, Sergio Daniel Faccenda, Leonardo Gustavo Muraco, Javier Hernán Amat, Rubén Leonardo Gorosito, Gustavo Alejandro Campos, Juan Patricio Mussi, Marcelo Fabián Benedetti y las Sras. Gladys Noemí Rojas y Andrea Elisabet Canestro no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este H. Tribunal se pronuncie definitivamente sobre la cuestión cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores desarrolladas en el considerando quinto apartados 1, 2 parcial, 3, 5, y 6 incisos 1 y 4 subincisos 6.1, 6.2 y 6.4, notificando de tal circunstancia a los Sres.
Juan Patricio Mussi, Juan José Mussi, Gustavo Alejandro Campos, Marcelo Fabián López, Marcos Nahuel Fernández, Carlos Eduardo Balor, Federico Martín López, Leonardo Gustavo Muraco, Diego Alejandro Freire, Marcelo Fabián Benedetti, Antonio Osvaldo Amarilla, Roberto Ángel Fabbio y Fabio Francisco Romero, Sergio Daniel Faccenda, Raúl Tomás Torres, Santiago Castagno, Mariano Spadafora y a las Sras. Andrea Elisabet Canestro, Nora Esther Pereyra y María del Carmen Farías.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar a los Sres. y Sras. Andrea Elisabet Canestro, Antonio Osvaldo Amarilla, Carlos Eduardo Balor, Diego Alejandro Freire, Fabio Francisco Romero, Federico Martín López, Gladys Noemí Rojas, Gustavo Alejandro Campos, Javier Hernán Amat, Juan José Mussi, Juan Patricio Mussi, Leonardo Gustavo Muraco, Marcelo Alejandro Romio, Marcelo Fabián Benedetti, Marcelo Fabián López, Marcos Nahuel Fernández, Raúl Tomás Torres, Santiago Castagno, Mariano Spadafora, María del Carmen Farías, Nora Esther Pereyra, Roberto Ángel Fabbio, Rubén Leonardo Gorosito, Sergio Daniel Faccenda, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4
multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 y Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia a la municipalidad de Berazategui y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de cincuenta y cinco fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo duodécimo. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 193/2024.

SECCIÓN OFICIAL > página 72

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/05/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha13/05/2024

Nro. de páginas148

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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