Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2024 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 22 de febrero de 2024

por perjuicio al Fisco, ordenado por el Sr. Contador General de la Provincia mediante Resolución N RESO-2023-248GDEBA-CGP, con motivo del faltante de la funda del chaleco antibalas marca América Blindajes, modelo BXPD, nivel de protección RB3, N de serie 151.851, que fuera provisto por el Ministerio de Seguridad al oficial E.G. Nahuel Carlos Ruben Hours, Legajo N 470.912; y Considerando: Que a fojas 2 obra Acta efectuada por el comisario Rolando J. Villalba y la Oficial Jesica T. Palavecino, de fecha 18 de noviembre 2020, en la cual se pone en conocimiento que el Oficial Hours, con fecha 4 de setiembre de 2020, solicitó la baja voluntaria para luego pasar a inactividad; por lo tanto se realiza el descargo pertinente de los elementos pertenecientes a la Institución Policial, oportunidad en que se toma conocimiento que se había extraviado la funda del chaleco nombrado. Que a fojas 5 se glosa otra acta, en la que se deja constancia que no se ha entregado la funda del chaleco nombrado y que el agente Hours manifiesta que extravió la misma en un procedimiento.
Como consecuencia del sumario administrativo seguido por el faltante nombrado, el Señor Subjefe de Policía dispuso archivar el sumario disciplinario incoado contra el Oficial Carlos Ruben Hours, teniendo en consideración la situación de revista del agente inactivo y dando de baja el chaleco en cuestión fs. 55. Que a fojas 109 de las presentes actuaciones el Sr. Contador General de la Provincia mediante la Resolución N RESO-2023-248-GDEBA-CGP nombrada, ordena instruir las presentes actuaciones designando al suscripto a ese fin, quien aceptando el cargo a fojas 110, procede en consecuencia. Que abierta la etapa de prueba de cargo, se resuelve citar a declaración indagatoria al Sr. Nahuel Carlos Ruben Hours, por lo cual se fijan las audiencias respectivas, y se procede a diligenciar la notificación de las mismas, mediante el procedimiento fijado por el Ministerio de Seguridad al respecto 118/120. Que, a dicho efecto se caratuló expediente N EX-2023-37635925-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, por el cual tramitó notificación de las audiencias al Sr.
Hours, cuyas copias pertinentes lucen agregadas a fojas 122/124, en las cuales se da cuenta que el citado no vive en el último domicilio que declaró en su situación de revista. Que, atento lo expuesto la instrucción considera librar oficio a la Justicia Electoral a fin de que informe el domicilio del Sr. Hours, informando al respecto la Cámara Nacional Electoral que no se encontraron constancias del DNI aportado fojas 128. Que, visto el estado de autos se fija nueva fecha de audiencia, esta vez para el 27 y 28 de diciembre de 2023, citando a las mismas mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial fojas 130/131, agregándose las constancias de dicha publicación a fojas 132. Que, a pesar de ello, el Sr. Hours no se presentó a las audiencias designadas. Que, la Dirección de Arsenales informó a fojas 117 que el valor de reposición del chaleco antibalas marca América Blindajes, modelo BXPD, nivel de protección RB3, N de serie 151.851, a la fecha 18 de diciembre de 2020, el cual asciende a la suma de Pesos Veintinueve Mil $29.000. Que, atento el estado de las presentes actuaciones, el firmante entendió pertinente cerrar la etapa de acumulación de prueba de cargo. Que esta Instrucción procede a analizar las actuaciones y la responsabilidad del Sr. Nahuel Carlos Ruben Hours, por el hecho objeto de este sumario. Que, conforme constancias de autos, el agente reconoce haber extraviado la funda en cuestión y en la Disposición N 174203/22 se dispone el archivo de las actuaciones teniendo especial consideración a la situación de revista del agente inactivo. Que la asignación de elementos otorgados por la Institución Policial, determina obligaciones que exceden el marco de la simple tenencia y custodia de elementos del Estado -art. 114, Ley 13.767- , ya que el bien no solo resulta el instrumental propio de la tarea en desarrollo, sino que sus características definen el ejercicio del servicio de seguridad que la actividad policial importa. Que en ese contexto, es indudable que para los agentes a quienes se les han asignado estos elementos rige la responsabilidad objetiva, aquella que determina las consecuencias por los resultados sin tener en cuenta -prima faciela subjetividad de la conducta y ya dentro del análisis del presente, cabe destacar que no se han acreditado elementos probatorios que sean base de causas eximentes por las que el responsable del arma no deba responder. Las circunstancias del caso, confirman el principio original, por lo que las consecuencias dañosas deben imputarse a aquellos a quienes se les ha encargado el uso, tenencia y custodia de la cosa, cuya desaparición ha originado un daño al Estado. Que habida cuenta de lo expuesto, es aquella asignación y la imposibilidad de determinación de situaciones eximentes, lo que constituye el presupuesto fáctico configurativo y generador del perjuicio fiscal que motiva estas actuaciones, resultando de ello la responsabilidad directa del ex-agente Hours a tenor de lo prescripto por los artículos 112, 113 y 114 de la Ley de Administración Financiera N 13.767. Que en base al informe producido por la División Armamento a fs. 117, corresponde determinar el importe del perjuicio fiscal al día 18 de diciembre de 2020, fecha de exteriorización del hecho, en la suma total de Pesos Veintinueve Mil Seiscientos $29.600,00 correspondiente al valor del chaleco antibalas nombrado. Por lo expuesto, y en virtud a las prescripciones de los arts. 112, 113 y 114 de la Ley de Administración Financiera nro. 13767, y de acuerdo al art. 19 del Apéndice del Decreto Reglamentario N 3260/08, corresponde imputar responsabilidad directa y personal, al ex-oficial Nahuel Carlos Rubén Hours, Legajo N 470.912, por el perjuicio fiscal configurado. Por ello La Instrucción Resuelve: Artículo 1: Determinar el importe del perjuicio fiscal ocasionado como consecuencia del faltante de la funda del chaleco antibalas marca América Blindajes, modelo BXPD, nivel de protección RB3, N de serie 151.851, que fuera provisto por el Ministerio de Seguridad al oficial E.G. Nahuel Carlos Ruben Hours, Legajo N 470.912, DNI N 34.309.415, en la suma total de Pesos Veintinueve Mil Seiscientos $29.600, al 18 de diciembre de 2020, fecha de exteriorización del hecho. Artículo 2: Imputar responsabilidad pecuniaria en forma personal y directa, por el perjuicio definido en el artículo anterior y en los términos de los artículos 112 y 114 de la Ley 13.767, al ex-agente Nahuel Carlos Ruben Hours, Legajo N 470.912, DNI N 34.309.415. Artículo 3º: Notificar el presente al imputado, confiriéndole vista de las actuaciones de conformidad a lo prescripto por el art. 20.1 del Apéndice del Decreto 3260/08, reglamentario de la Ley 13.767, para que en el plazo de cinco días 5 hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de notificación del presente, ejercite el derecho de presentarse a formular descargo y a ofrecer la prueba que estimen corresponder, por sí o por medio de apoderado, haciéndole saber que los actuados se encuentran en el Departamento Instrucción de la Dirección de Sumarios de la Contaduría General de la Provincia, calle 46 entre 7 y 8 - 1
Piso, Oficina 143, de La Plata. Artículo 4º: De forma. Fdo. Alejo Miguel Zudaire, Instructor Sumariante. Contaduría General De La Provincia. Asimismo se le hace saber que tiene derecho a tomar vista de las actuaciones de conformidad a lo prescripto por el art. 20.1 del Apéndice del Decreto 3260/08, reglamentario de la Ley 13.767, para lo cual solo podrá acceder a las actuaciones solicitando un turno en el mail amzudaire@cgp.gba.gov.ar o al teléfono 0221-5034414, dentro del plazo de cinco días 5 hábiles administrativos contados a partir de la fecha de notificación. El requerimiento de vista suspenderá el plazo aludido. También se le noticia que puede en el mismo plazo ejercitar el derecho de presentarse a formular descargo ofreciendo la prueba que estime corresponder, por sí o por medio de apoderado, dejando constancia que, se encuentran especialmente habilitados los siguientes mecanismos: a Presentarse de manera directa en el expediente de notificación mediante escrito en el plazo arriba aludido. b mediante escrito electrónico GEDO, suscripto con su firma digital, dirigido al usuario Azudaire de la Dirección de Sumarios en el sitio web https eu.gdeba.gba.gob.ar/eu-web/.

SECCIÓN OFICIAL > página 77

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2024 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha22/02/2024

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones3400

Primera edición02/07/2010

Ultima edición27/06/2024

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