Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/12/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 28 de diciembre de 2023

consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto. Se deberá tener en cuenta las diferencias existentes entre el alta y lo consignado por la presente. Percibió transitoriamente el beneficio.
ARTÍCULO 2º. DENEGAR el beneficio de pensionario solicitado por Nancy Ménica GIL, con DNI N 18.056.259.
ARTÍCULO 3º. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto de Previsión Social, el interesado podrá interponer Recurso de Revocatoria, dentro del plazo de 20 días, articulo 74 del Decreto Ley 9650/80.
ARTÍCULO 4º. REGISTRAR en Actas. Notificar al interesado. Publicar Edictos.
Departamento Resoluciones Marina Moretti, Presidente.
POR 1 DÍA - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el expediente Nº 21557-312748/15 la Resolución Nº 021597 de fecha 20 de diciembre de 2023.
RESOLUCIÓN Nº 21.597
VISTO el expediente N 21557-312748/15 por el cual Augusto CARREIRA NETO, solicita el beneficio de JUBILACION
ORDINARIA, en los términos del Decreto-Ley N 9650/80 T.O. 1994, y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que posteriormente se presenta Irma Haydee MEDINA solicitando el beneficio pensionario, en carácter de cónyuge supérstite del causante;
Que se encuentra probado el vínculo alegado y reunidos los requisitos legales;
Que han sido computados servicios de extraña jurisdicción;
Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al fallecimiento;
Que la regulación del haber se liquida de acuerdo a lo establecido en el artículo 48, inc. a, del Decreto-Ley N 9650/80
T.O. 1994 y teniendo en cuenta lo establecido en la RESO-2021-996-GDEBA-IPS;
Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. RECONOCER que a Augusto CARREIRA NETO, con documento DNI Nº 5.452.338 le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACION ORDINARIA equivalente al 70 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Profesor -17 hscon 26 años, desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del 1 de marzo de 2015 hasta el 3 de mayo de 2020, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.
ARTÍCULO 2. ACORDAR el beneficio de PENSION a Irma Haydee MEDINA, con documento DNI N 5.664.184.
ARTÍCULO 3. LIQUIDAR el beneficio a partir del 4 de mayo de 2020 en base al 75 % del haber jubilatorio que venía percibiendo el causante.
ARTÍCULO 4. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados artículo 74 del Decreto-Ley N 9650/80 T. O. 1994.
ARTÍCULO 5. REGISTRAR en Actas. Publicar edictos Notificar. Remitir al Departamento Inclusiones.
Departamento Resoluciones Marina Moretti, Presidente.
POR 1 DÍA - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el expediente Nº 21557-230983-12, la Resolución Nº 021022 de fecha 29 de noviembre de 2023.
RESOLUCIÓN Nº 21.022
VISTO el expte Nº 21557-230983-12, iniciado por quien en vida fuera Alicia de las Mercedes ARCOS OPAZO, en atención al dictado de la resolución N 9192, y la intervención del Departamento de Títulos Ejecutivos de fs. 254 y;
CONSIDERANDO:
Que por la resolución ut supra referida de fecha 12/04/23 fs 247/249, se revoca la resolución n 926.154 del 09/10/19 a contrario sensu de lo normado en el art 114 del Decreto Ley 9650/80, dejando sin efecto los artículos 1 y 4. Asimismo, en su artículo 2 se declara legítimo un cargo deudor por la suma - de pesos $740.951,77. A fs. 254 el Departamento de Títulos Ejecutivos, advierte que no se diferenció la deuda entre saldo amoríizable y saldo no amortizable, y en tal sentido se incurrió en un error material al no diferenciar los montos.
Que en esta instancia, este Cuerpo estima que corresponde rectificar el artículo 2 de la resolución N 9192 del 12/04/23, en su parte pertinente, atento haberse incurrido en un error material al momento del dictado de la misma, ello de conformidad con lo establecido por el Art. 115 del Decreto-Ley 7647/70, dejando sentado que donde se lee Declarar legitimo el saldo deudor por un total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO, CON 77/100
$740.951,77 debe leerse Declarar legitimo el saldo deudor por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y

SECCIÓN OFICIAL > página 67

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/12/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha28/12/2023

Nro. de páginas141

Nro. de ediciones3424

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/08/2024

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