Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/12/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 11 de diciembre de 2023

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Dar por concedido, en la Jurisdicción 13 - Jurisdicción Auxiliar 0, Ministerio de Desarrollo Agrario, el pase a prestar servicios en carácter de comisión, con destino a la Dirección de Bibliotecas y Promoción de la Lectura, dependiente del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 11 de diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021, a Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, quien revistaba en un cargo del Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 12, Grado VI, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, en la Dirección de Instrucción Sumarial dependiente de la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con lo normado por el artículo 22 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, y exceptuando la medida de lo establecido en los artículos 11 y 12 del Decreto N 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 2. Dar por concedido, en la Jurisdicción 13 - Jurisdicción Auxiliar 0, Ministerio de Desarrollo Agrario, el pase a prestar servicios en carácter de comisión, con destino a la Dirección de Bibliotecas y Promoción de la Lectura, dependiente del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de enero 2022 y hasta el 31 de enero de 2022, a Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, quien revistaba en un cargo del Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 14, Clase 1, Grado IV, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, en la Dirección de Instrucción Sumarial dependiente de la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con lo normado por el artículo 22 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, y exceptuando la medida de lo establecido en los artículos 11 y 12 del Decreto N 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 3º. Dar por concedido, en la Jurisdicción 13 - Jurisdicción Auxiliar 0, Ministerio de Desarrollo Agrario, el pase a prestar servicios en carácter de comisión, con destino a la Unidad Identidad Bonaerense, dependiente del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de febrero de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, al agente Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, quien revistaba en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 14, Clase 1, Grado IV, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, en la Dirección de Instrucción Sumarial dependiente de la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Nº 10.430
Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96, exceptuándose de lo establecido en los artículos 11 y 12 del Decreto N 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 4. Conceder, en la Jurisdicción 13 - Jurisdicción Auxiliar 0, Ministerio de Desarrollo Agrario, el pase a prestar servicios en carácter de comisión, con destino a la Unidad Identidad Bonaerense, dependiente del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de abril de 2023 y hasta la fecha de notificación del presente acto, al agente Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, quien revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N
10.430, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 16, Clase A, Grado II, Código 3-0001-II-A, Administrativo, Oficial Superior A, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, en la Dirección de Instrucción Sumarial, dependiente de la Dirección Provincial de Fiscalización, Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con el artículo 22 de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96, exceptuándose de lo establecido en los artículos 11 y 12 del Decreto N
272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 5º. Aceptar en la Jurisdicción 13 - Jurisdicción Auxiliar 0, Ministerio de Desarrollo Agrario, a partir de la fecha de notificación del presente, la renuncia presentada por Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, a su cargo de la Planta Permanente de la Ley N 10.430, en el Agrupamiento Personal Administrativo, Categoría 16, Clase A, Grado II, Código 3-0001-II-A, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor, en la Dirección de Instrucción Sumarial, dependiente de la Dirección Provincial de Fiscalización, Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con el artículo 14 b de la Ley Nº 10.430
Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 6º. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.06.00.003, Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, Unidad de Identidad Bonaerense, a Santiago HARISPE DNI Nº 25.952.391 - Clase 1977, a partir de la fecha de notificación del presente, en un cargo de la Planta Permanente, en el régimen de la Ley Nº 12.268, en un cargo del Agrupamiento IV, Profesional, Técnico y Administrativo, Categoría 13, Profesional B, con un régimen de treinta y cuatro 34 horas semanales de labor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º, 4, 5 y 6º de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, de aplicación supletoria según la remisión del artículo 23 de la Ley Nº 12.268.
ARTÍCULO 7. Establecer que la designación propuesta tiene carácter provisional hasta tanto el agente adquiera estabilidad, lo que se configura a los seis 6 meses de servicio efectivo, en concordancia con lo establecido en el artículo 6 de la Ley N 10.430 y modificatorias.
ARTÍCULO 8º. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º, será atendido con cargo a la Jurisdicción 1.1.2.06.00.003, Finalidad 3, Función 4, Subfunción 02, Fuente de Financiamiento 1.1, Ubicación Geográfica 999, Unidad Ejecutora 545 - PRG 005 SPRG 000 ACT 002 Inciso 1 Partida Principal 1 Régimen Estatutario 7
Grupo Ocupacional 5, del Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394.
ARTÍCULO 9º. Dejar establecido que las jurisdicciones intervinientes deberán modificar los planteles básicos correspondientes, en virtud de la presente medida.
ARTÍCULO 10. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo Agrario y de Hacienda y Finanzas, a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 11. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Javier Leonel Rodríguez, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador.

DECRETO Nº 2277/2023

SECCIÓN OFICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/12/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha11/12/2023

Nro. de páginas415

Nro. de ediciones3419

Primera edición02/07/2010

Ultima edición29/07/2024

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