Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/11/2023 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 08 de noviembre de 2023

Municipalidad de San Andrés de Giles, y CONSIDERANDO:
Que el objeto del mismo es cooperar, colaborar e intercambiar información a efectos de mejorar la prestación del servicio que ambas proporcionan en el ámbito de su competencia y a optimizar la utilización de los medios tecnológicos e informáticos disponibles para alcanzar los objetivos que las partes persiguen en materia de seguridad y de política e investigación criminal cláusula primera;
Que las partes acuerdan que el Convenio no implica un compromiso de aporte de fondos para las partes cláusula segunda;
Que se establece que ante la posibilidad de que las partes ejerzan en forma conjunta cualquier actividad tendiente al desarrollo y fomento de los intereses públicos referidos al objeto del acuerdo, se formalizarán Convenios Específicos cláusula tercera;
Que el convenio tendrá una duración de veinticuatro 24 meses, prorrogable en forma automática, salvo que fuese expresamente denunciado por alguna de las partes y con una antelación de treinta 30 días, lo cual no dará derecho a indemnización de ninguna naturaleza, debiendo asimismo acordarse la continuidad de aquellas actividades en vías de ejecución cláusulas sexta y séptima;
Que tomaron intervención en el ámbito de sus respectivas competencias la Asesoría General de Gobierno orden 16, la Contaduría General de la Provincia orden 25 y la Fiscalía de Estado orden 32, sin objeciones que formular;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11, 14 y 31 de la Ley Nº 15.164, modificada por su similar N 15.309;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE
EL DECRETO Nº 272/17 E Y SUS MODIFICATORIOS
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Convenio Marco de Colaboración y Cooperación Tecnológica celebrado entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo texto como Anexo Único IF2023-44474004-GDEBA-DRIYCMSGP, pasa a formar parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Municipalidad de San Andrés de Giles, comunicar a la Subsecretaría de Tecnologías Aplicadas a la Seguridad, a la Secretaría General, publicar y dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Sergio Berni, Ministro.

ANEXO/S
IF-2023-44474004-GDEBADRIYCMSGP

10832559a43477fbc457cdfbab1bed2ea051d820dbc42650edd27d6d7a8f8347 Ver
RESOLUCIÓN Nº 2629-MSGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 1 de Noviembre de 2023
VISTO el EX-2023-26673353-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, a través del cual se gestiona la aprobación de un Contrato de Comodato, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de General Alvear, y CONSIDERANDO:
Que el aludido Contrato de Comodato se celebró entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en ese acto por su titular, Dr. Sergio Alejandro Berni, y la Municipalidad de General Alvear, representada por su Intendente Municipal, Ramón José Capra;
Que, a través de dicho instrumento la Municipalidad entrega al Ministerio, en comodato dos 2 vehículos marca Ford modelo Ranger 4x2, de su propiedad, que serán destinados como móviles policiales, en tareas de seguridad pública, en el ámbito del distrito;
Que el plazo del presente comodato será de cinco 5 años, a partir de su aprobación, pudiendo las partes renovar dicha cesión por idéntico período;
Que, mediante la cláusula cuarta, se establece que la Municipalidad se hará cargo de los gastos relacionados con el mantenimiento, combustible, ploteo, blindaje, equipamiento adicional, reparación de dichas unidades y la contratación de los seguros respectivos;
Que han tomado intervención la Asesoría General de Gobierno orden 35, la Contaduría General de la Provincia orden 41
y la Fiscalía de Estado orden 49, no encontrando obstáculos para su convalidación;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 15.164, modificada por Ley N 15.309;
Por ello,
SECCIÓN OFICIAL > página 66

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/11/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/11/2023

Nro. de páginas234

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930