Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 11 de septiembre de 2023

ARTÍCULO 4º. Otorgar la retribución especial sin cargo de reintegro que prevé la Ley Nº 13.355, modificada por su similar N 13.781 y reglamentada por el Decreto Nº 1.859/05, a la agente Analía ZAMPONI D.N.I. N 16.462.321 - Clase 1963, cuyo pago se hará efectivo en formal total, por reunir a la fecha del cese, la totalidad de los requisitos que contempla dicha normativa.
ARTÍCULO 5º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4º de la presente Resolución Delegada, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Jur 16- Jur Aux 0- Ent 0 - DGA 73 - UE 163 Prg 13- Sub Prg 0 - Pry 0 - Act 1 - Obra 0 - Fin 2 - Fun 3 - Sub fun 0 - FF 1.1 - Inc 1 - Part Prin 6 - Part Par 0 - Part Subpar 0
- RE 0 - A.O. 0 - UG 999 - correspondiente al Presupuesto General Ejercicio Fiscal 2023, Ley Nº 15.394.
ARTÍCULO 6. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal, Secretaría General y dar al SINDMA. Notificar.
Cumplido, archivar.
Julio César Alak, Ministro.

SUBSECRETARÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL
RESOLUCIÓN Nº 420-SSTAYLMJYDHGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 31 de Agosto de 2023
VISTO el expediente N EX-2023-16213505-GDEBA-DDDPPMJYDHGP por el cual diversos agentes interponen recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio contra las Resoluciones RESOL-2017-138-E-GDEBA-SSLTYAMJGP de fecha 22 de agosto de 2017 y RESOL-2017-180-E-GDEBA-SSLTYAMJGP de fecha 11 de octubre de 2017, y CONSIDERANDO:
Que, mediante las Resoluciones citadas en el exordio de la presente, se dispuso remitir las actuaciones a la Dirección de Liquidaciones y Sueldos a fin de realizar los descuentos pertinentes de los días que corresponden en los haberes de los agentes nominados en el Anexo I -artículo 1-, con motivo de su adhesión a medidas de fuerza -retención de tareas y huelga-;
Que, en primer lugar, corresponde señalar que en órdenes 2-10 obran copias digitalizadas del expediente N 21200103.950/17, iniciado con motivo de las medidas de fuerza realizadas en los meses de julio y agosto de 2017 e informes de las distintas áreas que detallan los agentes que adhirieron a las mismas;
Que, en tal sentido, se advierte que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas da cuenta de la situación del personal de la misma, en particular de las medidas de fuerza adoptadas, acompañando documentación al efecto de las entidades gremiales y actas de inspección del Ministerio de Trabajo;
Que, asimismo, el Escribano General de Gobierno remite nómina del personal que ha realizado retención de tareas y paro de actividades;
Que, en igual sentido, se adjunta el listado del personal de este Ministerio y del entonces Centro de Atención a la Víctima que adhirió a dichas medidas fuerza durante el mes de agosto de 2017;
Que, en esa inteligencia, se informa la situación de revista en el régimen de la Ley N 10.430 T.O. Decreto N 1869/96 de los/as agentes involucrados/as -páginas 52/304 de orden 2-;
Que la Asesoría General de Gobierno se expidió oportunamente en dicho expediente N 21200-103950/17, mediante ACTA-2017-1989521-GDEBA-AEAGG obrante en orden 2, páginas 314/316, y sostuvo que En el caso de autos, el descuento de haberes encuentra fundamento en la Resolución Conjunta de Ministros de fecha 27/11/09, registrada bajo el Nº 1525/09 en la órbita del Ministerio de Justicia, a través de la cual los titulares de la totalidad de las Carteras de Estado, establecieron que todas las inasistencias de los agentes de la Administración Pública Provincial motivadas en el ejercicio del derecho de huelga y que no fueren justificadas por alguna de las causales previstas por la normativa vigente, serán descontadas del haber del mes correspondiente;
Que, posteriormente, se incorporan las notificaciones de los mencionados actos administrativos y libelos recursivos presentados por diversos/as agentes;
Que, obra oficio judicial librado en los autos caratulados BARCELLANDI, Josefina c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES
s/PRETENSIÓN ANULATORIA-EMPLEO PÚBLICO, en trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N1
del Departamento Judicial La Plata, mediante el cual se requiere copia certificada del expediente N 21200-103.950/17 orden 10-;
Que, en ese orden, la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal informa que se recepcionó el expediente N 21.100-103.950/17, el cual se encontraba reservado en la causa N 54.500, caratulada TISSONE, Cintia Anahí c/
Ministerio de Justicia s/ Amparo por Mora de trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N 1 de La Plata, mediante el cual tramitó el descuento de los haberes de aquellos/as agentes que adhirieron a medidas de fuerza en diversas áreas de este Ministerio, dispuesto mediante RESOL-2017-138-E-GDEBA-SSLTYAMJGP de fecha 22 de agosto de 2017, no habiéndose resuelto a la fecha los recursos y descargos presentados por los interesados -orden 11-;
Que, a continuación, interviene la Dirección Provincial de Personal de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, concluyendo que la retribución salarial se sustenta en la efectiva prestación de servicios por parte del agente y en que la garantía constitucional contemplada en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional obliga al empleador a preservar el vínculo laboral, pero no a abonar haberes por servicios no desempeñados con motivo del ejercicio de aquel derecho, el que en forma alguna puede ser limitado corresponde a la jurisdicción corroborar si durante el periodo en que se adoptó la medida de fuerza, los recurrentes se encontraban usufructuando licencia anual o carpeta médica, atento a lo manifestado en sus reclamos, debiendo, en tal caso, devolver los haberes retenidos -orden 17-;
Que, seguidamente, la Subsecretaría Judicial en lo Contencioso Administrativo de Fiscalía de Estado informa que en la citada Causa N 54.500, caratulada TISSONE, Cintia Anahí c/Ministerio de Justicia s/Amparo por Mora, se ha dictado
SECCIÓN OFICIAL > página 50

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/09/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha11/09/2023

Nro. de páginas177

Nro. de ediciones3401

Primera edición02/07/2010

Ultima edición28/06/2024

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