Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de mayo de 2023

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE SALADILLO ejercicio 2021, acorde a lo expresado en el Considerando Décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar Constancia del tema tratado en el Considerando Quinto inciso 1, en un todo de acuerdo con lo allí expuesto.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Segundo incisos 1-I, 3 y 4; Cuarto, Quinto inciso 2 y Sexto inciso 1 y en base a la determinación efectuada en el Considerando Octavo aplicar multa de $120.000,00
al Intendente Municipal José Luis SALOMÓN; de $50.000,00 al Jefe de Compras Municipal Diego Ariel LUCCA y de $50.000,00 a la Jefe de Compras Municipal María Silvia BORDENAVE y llamado de atención al Contador Interino Víctor Manuel MIETTA; a la Contadora Municipal María Laura AZPEITIA; al Tesorero Municipal Marcelo Alejandro DE PAULA; y al Presidente del Honorable concejo Deliberante Alejandro Pablo Miguel ARMENDÁRIZ. Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar el egreso tratado en el Considerando Séptimo inciso 2 y sobre la base de lo allí expuesto, formular cargo de $549.017,19 por el que deberán responder el Intendente Municipal José Luis SALOMÓN en solidaridad con el Secretario de Desarrollo Local Ignacio BUSTINGORRI. Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, sobre las materias tratadas en el Considerando Segundo incisos 1-II y 2; Considerando Tercero inciso 1;
Considerando Séptimo inciso 1 y 3 y Considerando Octavo y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para su tratamiento en el próximo estudio. Declarar que los Intendentes Municipales Carlos Antonio GOROSITO; José Luis SALOMÓN y Viviana Beatriz RODRÍGUEZ, el Secretario de Desarrollo Local Ignacio BUSTINGORRI, el Secretario de Desarrollo Local Adrián FILGUEIRA; el Secretario de Desarrollo Local Vladimir Andrés WUIOVICH; el Secretario de Desarrollo Local Tomás CHAIME, la Contadora Municipal María Lorena AZPEITIA, el Contador Municipal Interino Víctor Manuel MIETTA y la Subsecretaria de Legal y Técnica María Josefina ABOSLAIMAN PAZ, quienes resultan alcanzados por las reservas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta que el Honorable Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar sin efecto la reserva tratada en el Considerando Séptimo inciso 2 en razón de la sanción dispuesta en el Artículo Cuarto de la presente Resolución. Asimismo liberar de responsabilidad al Director de Asuntos Legales Marcelo Daniel DELLATORRE, de acuerdo a lo expuesto en el Considerando Séptimo incisos 1 y 2 según lo expuesto al final de los mismos.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a José Luis SALOMÓN; Víctor Manuel MIETTA; María Laura AZPEITIA; Marcelo Alejandro DE PAULA; Vladimir Andrés WUIOVICH; Tomás CHAIME; Diego Ariel LUCCA; María Silvia BORDENAVE; Alejandro Pablo Miguel ARMENDÁRIZ; Carlos Antonio GOROSITO; Marcelo Daniel DELLATORRE, Viviana Beatriz RODRÍGUEZ, Adrián FILGUEIRA e Ignacio BUSTINGORRI, María Josefina ABOSLAIMAN PAZ de lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos. Asimismo fijarles a los funcionarios alcanzados por sanción pecuniaria, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dicho importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 108/9 cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 y Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU
0140999801200000186543, ambas a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Encomendar a la Delegación Zonal el seguimiento de las reservas dispuestas por el Artículo Quinto de la presente Resolución.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente Resolución a la Municipalidad de Saladillo, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Relatoría actuante.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento la presente Resolución que consta de treinta y un fojas; publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, reservar éste Expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Séptimo. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 139/2023.
Ariel Héctor Pietronave; Daniel Carlos Chillo; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo y Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 20/04/2023
N de Expediente: 3-120.3-2021
Ente u Organismo: Municipalidad de Tres Arroyos - Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos Ejercicio: 2021
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE TRES ARROYOSORGANISMO
DESCENTRALIZADO CLAROMECÓ SERVICIOS TURISTICOS, ejercicio 2021, acorde a lo expresado en el Considerando Décimo.

SECCIÓN OFICIAL > página 101

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha10/05/2023

Nro. de páginas173

Nro. de ediciones3401

Primera edición02/07/2010

Ultima edición28/06/2024

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